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Mostrando entradas de agosto, 2017

¿En qué casos, según la AFIP, es obligatorio el POSNET?

La obligación de aceptar las transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito corresponde a aquellos contribuyentes inscriptos en el impuesto al valor agregado que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles en los términos del Artículo 10 de la Ley N° 27.253. No obstante, la AFIP mediante la publicación de la Circular AFIP 1-E/2017 interpreta que las ventas de cosas muebles así como las obras, locaciones y prestaciones de servicios, a que se refiere el Título I de la Resolución General N° 3.997-E, son aquellas efectuadas con sujetos que —respecto de dichas operaciones— revistan el carácter de consumidores finales. Es decir que, según la AFIP, no importa que se realicen operaciones masivas o no con consumidores finales sino que la solo existencia de la potencialidad de existir ventas y/o prestaciones de servicios a dichos sujetos obliga al contr

12 Ofrecimientos de empleo para Contadores y Estudiantes de Contador.

Semanalmente iremos haciendo un artículo resumen con todos los ofrecimientos de empleo para Contadores y Estudiantes de Contador que las empresas y/o estudios contables publican en nuestro grupo de facebook: Red laboral para Contadores y Estudiantes de Contador. https://www.facebook.com/groups/1491835857734277/ Estas son 12 de los ofrecimientos laborales de esta semana. 1) Estudio Contable se encuentra en la búsqueda de Semi Senior. Principales Responsabilidades: Liquidación de impuestos nacionales, provinciales y municipales. Supervisión de registraciones contables. Conciliación de cuentas y auditorias impositivas. Interactuará con el resto de las áreas de las empresas para establecer procesos administrativos que aseguren la correcta registración de las operaciones. Requisitos: Contador Público recién recibido o estudiante avanzando. Experiencia no inferior a 2 años, en estudios contables y/o empresas medianas. Manejo de excel avanzado. Horario de t

Factura Electrónica. Venta Bienes Muebles Registrables. RG AFIP 4109 - E

La Administración Federal de Ingresos Públicos realiza modificaciones al régimen de factura electrónica. Mediante la Resolución General AFIP 4109 – E se incorporan a la emisión de comprobantes electrónicos las operaciones de venta de bienes muebles registrables realizada a un conjunto de compradores. Al respecto se dispone que a los fines de respaldar las operaciones de venta de bienes muebles registrables a un conjunto de adquirentes, los vendedores deberán emitir comprobantes electrónicos originales en los términos de la Resolución General N° 2.485, sus modificatorias y complementarias, y las disposiciones de la presente. Al solicitar la autorización de emisión de los comprobantes electrónicos se deberán consignar en los campos que se identifican como “Grupo Compradores”, los datos que se indican a continuación respecto de cada comprador: a) Tipo de documento (CUIT/CUIL/CDI). b) Número de documento (CUIT/CUIL/CDI). c) Porcentaje de la titularidad del bien. Adicionalmente, en

Monotributo: AFIP comunica que “desvíos” bloquean y cuáles no.

La Administración Federal de Ingresos Públicos informa en su página de Internet cuáles de los “desvíos” detectados e informados al contribuyente bloquean la posibilidad de emisión de la CUIT y cuales no lo harán. Los contribuyentes pueden consultar sus “desvíos” en el portal exclusivo del Monotributo y en la aplicación para el celular “Mi Monotributo”. Desvíos que bloquean al contribuyente y le impiden cumplir con la obligación de cumplir con Mi Categoría / Recategorización a realizar en Septiembre. Desvío – Actividades económicas  Consiste en no tener actividades económicas declaradas. Solución: Registrar las mismas mediante Sistema Registral Desvío – Sin Código de Autorización de Impresión (CAI) 1) Cuando el contribuyente no tenga puntos de venta habilitados para controlador fiscal o factura electrónica y al mismo tiempo no tenga habilitados punto de venta para facturas manuales Solución: habilitar puntos de venta de la modalidad de facturación

Factura T obligatoria. Nuevo plazo Régimen información Turiva RG AFIP 4106 - E

La Administración Federal de Ingresos Públicos modificó la RG 3971 que regula el régimen de emisión de comprobantes de hoteles para turistas residentes en el exterior. Desde septiembre los hoteles deberán emitir factura "T" de forma obligatoria, anulándose la posibilidad de emitir facturas "A" y "B". En tanto que para presentar el régimen de información se extendieron los plazos hasta el día 15 del segundo mes inmediato siguiente al período mensual que se informe, es decir que se extiende un mes el vencimiento debido a que hasta ahora había que presentar el régimen de información hasta el día 15 del mes siguiente. La obligación de emitir los nuevos comprobantes estaba prevista para el 1 de abril de 2017 y el 1 de julio de 2017 (según el servicio web mediante el cual se autorizaran los comprobantes) pero por "inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector hotelero" que fueron "receptadas por el Ministerio de Turism

Monotributo: La AFIP habilitó la consulta de los "desvíos" de los monotributistas

Desde ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó en el portal exclusivo del Monotributo y en la aplicación para el celular “Mi Monotributo” la opción para que todos los contribuyentes monotributistas puedan consultar lo que para la AFIP son los “desvíos” que tiene. Algunas de estas “inconsistencias” deberán ser solucionadas antes del período de recategorización anual entre el 1 y el 20 de septiembre             Algunos de estos desvíos pueden ser cuestiones referidas a su facturación, como por ejemplo, algo que se encuentra muy generalizado es la información respecto de la falta de comprobantes de resguardo manuales para aquellos monotributistas que emiten su facturación de manera electrónica. Otro “desvío” formal que se cita es la falta de adhesión del sujeto monotributista al domicilio electrónico, domicilio en el cual la AFIP está prestando especial atención, debido a la intención de proceder a realizar todas las comunicaciones de forma virtua

Definición de PYME. Resolución 340 – E/2017 SEPYME.

La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa mediante la Resolución 340-E/2017 establece nuevas definiciones e importes para categorizar a las PYMES. El objetivo de la nueva resolución es establecer una definición clara, objetiva y precisa de las características que las empresas deben poseer para ser consideradas micro, pequeñas y medianas. Importes de ventas totales anuales en $ para categorizar como PYMES Agropecuario Industria y Minería. Comercio Servicios Construcción Micro     3.000.000       10.500.000   12.500.000    3.500.000    4.700.000 Pequeña   19.000.000       64.000.000   75.000.000   21.000.000   30.000.000 Mediana Tr. 1 145.000.000     520.000.000 630.000.000 175.000.000 240.000.000 Mediana Tr. 2 230.000.000     760.000.000 900.000.000 250.000.000 360.0