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Mostrando entradas de abril, 2019

DDJJ Ganancias. ¿Cargo el balance ajustado o el histórico?

Volvió el ajuste por inflación.       El impositivo NO.   Porque el Gobierno mediante una modificación introducida en la ley del Presupuesto del año 2019 corrió el arco.   Pero si el ajuste por inflación contable, el que resulta obligatorio desde los balances cerrados en diciembre de 2018.   Entonces, ¿que hacemos con la carga de la declaración jurada de Ganancias de las Personas Jurídicas con cierre diciembre de 2018? ¿Cargamos el balance contable ajustado o el balance contable histórico?   El único legal hoy por hoy.   Es decir, el ajustado.   ¿Entonces cuando completamos el activo, pasivo, patrimonio neto y el estado de resultados transcribimos textual el balance contable ajustado? Si.   No hay otra opción.   Es más cuando haces el formulario F-760 o F-780 (formulario de cuarta ya que estamos) certificas que: la información surge de los registros y documentación que se indican a continuación…transcriptos en los libros, entre ellos el Inventario y Balance.   ¿Cuál es el balanc

Ganancias. Declaración Jurada y Pago del Impuesto Cedular. Resolución General 4468 AFIP

La AFIP estableció las formalidades que deben cumplir los contribuyentes para realizar la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular sobre los rendimientos financieros de instrumentos de inversión y el resultado producido por la compra venta de valores, inmuebles y derechos de inmuebles. Mediante la RG 4468 se establece: 1) PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA La declaración jurada determinativa del impuesto cedular solo deberá presentarse cuando la misma arroje impuesto determinado. Cuando se trate de la presentación de la declaración jurada determinativa del impuesto cedular por rendimientos de valores financieros y/o por enajenación de los mismos los contribuyentes serán dados de alta de oficio en dicho gravamen, es decir que no se requiere inscripción por parte del contribuyente en el impuesto. La declaración jurada deberá realizarse utilizando el servicio informático denominado “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado”. 2) PAGO DEL IMPUESTO

Bienes Personales. Valuaciones. Resolución General 4466 AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la RG 4466 establece que todos los años las valuaciones referidas a automotores, divisas, obligaciones negociables, certificados de participación, títulos de deuda, títulos públicos y sus cupones impagos y cuotapartes de fondos comunes de inversión serán publicadas en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” (http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) obrante en el sitio “web” de este Organismo.       La información será publicada en el aludido micrositio con una antelación mínima de CUARENTA (40) días corridos contados desde la fecha de vencimiento establecida para la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales del período fiscal que corresponda declarar.   Texto de la Resolución General   ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4466/2019 RESOG-2019-4466-E-AFIP-AFIP - Impuesto sobre los Bienes Personales. Valuaciones computables e informaciones complement

AFIP: Valuaciones Bienes Personales 2018

La Administración Federal de Ingresos Públicos publicó las valuaciones que los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales deben considerar respecto de distintos activos (monedas extranjeras, títulos públicos, títulos valores, etc) en sus Declaraciones Juradas correspondientes al período fiscal 2018.      ¿Quiénes se encuentran obligados a realizar la presentación de la Declaración Jurada de Bienes Personales?   Los sujetos obligados a realizar la presentación de la Declaración Jurada de Bienes Personales son los siguientes:   a) Quienes posean bienes valuados, al 31/12/2018, según las disposiciones del Impuesto sobre los Bienes Personales por un importe superior a los $ 1.050.000,00. En este caso corresponderá la presentación de la Declaración Jurada y el pago del impuesto resultante.   b) Quienes aún no superando el importe de $ 1.050.000 en la sumatoria de sus bienes, sean empleados en relación de dependencia y su sueldo bruto correspondiente al año 2018 haya superad

AFIP habilitó el servicio para presentar Ganancias 2018

La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó el servicio para que los contribuyentes puedan realizar la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2018.       El nuevo servicio se encuentra habilitado con el   nombre de “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado.   El servicio se presenta con cuatro apartados:   1) Impuesto Cedular – Rendimiento y/o enajenación de valores (nuevo impuesto cedular creado por la ley 27.430).   2) Impuesto Cedular – Enajenación y/o transferencias de derechos de inmuebles (otro nuevo impuesto creado por la ley 27.430). Somos especialistas en aumentar la carga fiscal y de crear nuevos hechos imponibles.   3) Ganancias Personas Humanas.   4) Nuestra Parte – Nuestros datos, tu información.   Recordá lo que siempre te decimos todos los años, excepto una necesidad imperiosa de realizar la presentación de la declaración jurada de Ganancias (ejemplo: anticipos en juicio de ejecució

Es oficial el nuevo aumento, desde marzo 2019, para el Persona Doméstico

El Ministerio de Producción y Trabajo publicó hoy en el Boletín Oficial el nuevo aumento para el Personal Doméstico.       Este aumento, será retroactivo al 01/03/2019 y es de un 15%.   Por medio de la Resolución 1/2019 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se establecieron las nuevas escalas que representan una recomposición salarial adicional del 15% para el personal doméstico.   Esta actualización, que ahora tiene validez desde el 1 de marzo, se produjo en el contexto de la revisión del acuerdo paritario 2018, que había determinado un alza del 25%.   En agosto del año pasado, se acordó el aumento del 25% entre julio de 2018 y marzo de 2019. De ese monto, se pagó un retroactivo de 18% a julio y un 5% en septiembre. Luego, en enero, los trabajadores cobraron otro 5% y otro 3% en marzo.   Ese último incremento venía con una cláusula de revisión de acuerdo con el costo de vida y la inflación, que superó ampliamente la cifra pautada a mitad de año pasado.   Los val

AFIP publicó las tasas de interés resarcitorio y punitorio para abril, mayo y junio

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución 50/2019 del Ministerio de Hacienda la Administración Federal de Ingresos Públicos publicó las tasas de interes resarcitorio y punitorios para el segundo trimestre del año 2019. Las nuevas tasas que los contribuyentes deberán tener en cuenta al momento de calcular los intereses para los meses de abril, mayo y junio son las siguientes: Intereses Mensual Diario Resarcitorios 3,76 % 0,125333% Punitorios 4.61 % 0,153667% La tasa de interés resarcitorio variará trimestralmente y será equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre.   Los intereses punitorios serán equivalentes a 1,5 veces la misma tasa antes mencionada.   Para consultar la evolución histór