La Administración Federal de Ingresos Públicos puso a disposición, en su página de Internet, el proyecto de creación del Libro de IVA Digital.
Por medio del Libro de IVA Digital se procederá a realizar la registración electrónica de los comprobantes de compras y de ventas lo que permitirá confeccionar la declaración jurada mensual del impuesto al valor agregado.
¿Qué contribuyentes resultarían obligados a realizar el IVA Digital?
- Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado
- Los responsables exentos en el impuesto al valor agregado
¿Cómo se llamará el servicio mediante el cual se realizará el IVA Digital?
El servicio, con clave fiscal, se llamará “Portal IVA”
¿Cuál es el cronograma de implementación del IVA Digital?
Primera etapa: Desde octubre de 2019 aquellos contribuyentes nominados directamente por la AFIP
Segunda etapa: Desde enero de 2020: responsables inscriptos en IVA con facturación 2018 inferior a $ 500.000
Tercera etapa: Desde marzo de 2020: responsables inscriptos en IVA con facturación 2018 entre $ 500.000 y $ 2.000.000
Cuarta etapa: Desde mayo de 2020: responsables inscriptos en IVA con facturación 2018 mayor a $ 2.000.000
Estas cuatro etapas comprenden a responsables inscriptos que actualmente esten obligados a presentar el régimen informativo de compras ventas
Quinta etapa: Desde julio de 2020: responsables inscriptos en IVA que actualmente no se encuentren obligados a presentar el régimen informativo de compras ventas y sujetos exentos en el impuesto al valor agregado.
El régimen informativo de compras ventas se derogará en el mes en que resulte obligatoria la presentación del IVA Digital
Por medio del Libro de IVA Digital se procederá a realizar la registración electrónica de los comprobantes de compras y de ventas lo que permitirá confeccionar la declaración jurada mensual del impuesto al valor agregado.
¿Qué contribuyentes resultarían obligados a realizar el IVA Digital?
- Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado
- Los responsables exentos en el impuesto al valor agregado
¿Cómo se llamará el servicio mediante el cual se realizará el IVA Digital?
El servicio, con clave fiscal, se llamará “Portal IVA”
¿Cuál es el cronograma de implementación del IVA Digital?
Primera etapa: Desde octubre de 2019 aquellos contribuyentes nominados directamente por la AFIP
Segunda etapa: Desde enero de 2020: responsables inscriptos en IVA con facturación 2018 inferior a $ 500.000
Tercera etapa: Desde marzo de 2020: responsables inscriptos en IVA con facturación 2018 entre $ 500.000 y $ 2.000.000
Cuarta etapa: Desde mayo de 2020: responsables inscriptos en IVA con facturación 2018 mayor a $ 2.000.000
Estas cuatro etapas comprenden a responsables inscriptos que actualmente esten obligados a presentar el régimen informativo de compras ventas
Quinta etapa: Desde julio de 2020: responsables inscriptos en IVA que actualmente no se encuentren obligados a presentar el régimen informativo de compras ventas y sujetos exentos en el impuesto al valor agregado.
El régimen informativo de compras ventas se derogará en el mes en que resulte obligatoria la presentación del IVA Digital
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