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Mostrando entradas de junio, 2014

Exclusión del Monotributo. Nuevo Procedimiento. RG 3640 AFIP. Principales Modificaciones.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha procedido a modificar el   procedimiento de exclusión del Monotributo y su proceso recursivo de parte del contribuyente mediante la publicación de la Resolución General 3640 que reemplaza a la Resolución General 3490 vigente hasta el día de la fecha. La exclusión en cuestión es realizada por el fisco con motivos de haber detectado, a partir de la información obrante en sus registros y de los controles que se efectúen por sistemas informáticos, la existencia de alguna de las causales  de exclusión previstas en la normativa vigente (artículo 20 del Anexo de la ley 24977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la ley 26565) Para saber cuales son los causales de exclusión del Monotributo ingresa al siguiente post: Exclusion del Monotributo Causales Principales modificaciones introducidas por la Resolución General 3640 respecto de su antecesora, la Resolución General 3490.

Autónomos. Preguntas y Respuestas.

1) En caso de inicio de actividades, ¿cómo debo categorizarme? De tratarse de inicio de actividades, los responsables deberán encuadrarse en la categoría inferior de la Tabla del Anexo II del Decreto Nº 1866/06, que le corresponda de acuerdo con la actividad a desarrollar. Fuente: Art. 12 RG 2217/07 2) ¿Cómo se inscribe un jubilado que reingresa a la actividad laboral? A partir del período de noviembre de 1995, inclusive, los trabajadores autónomos que hubieran obtenido el beneficio de jubilación ordinaria o por edad avanzada, de acuerdo con las Leyes 18.037 y 18.038, no deberán efectuar aporte alguno. En cambio, los beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma, revistarán obligatoriamente, a partir del período de noviembre de 1995, inclusive, en la categoría mínima de revista (categoría I). 3) ¿Cómo me categorizo en caso de re

Regímenes Especiales de Promoción del Empleo. Ley 26940

Mediante la promulgación de la Ley 26.940 se crean nuevos regímenes de Promoción del Trabajo Registrado   A continuación un resumen con los puntos más importantes de los regímenes en cuestión: Al final del artículo tenés otros post relacionados con el tema .   1) Régimen Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores Sujetos comprendidos Este régimen incluye a las personas de existencia visible, las sociedades de hecho y las sociedades de responsabilidad limitada que empleen hasta cinco (5) trabajadores, siempre que su facturación anual no supere los importes que establezca la reglamentación. Esa nómina máxima se elevará a siete (7) trabajadores, cuando el empleador que se encuadre en el párrafo anterior produzca un incremento en el plantel existente a la fecha de su inclusión en el presente régimen. A partir del trabajador número seis (6), inclusive, el empleador deberá ingresar, sólo por dichos empleados, las contribuciones patronale