La Administración Federal de Ingresos Públicos modifica el procedimiento de cálculo para determinar los anticipos del Impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2019. Mediante la RG 4524 se establece que a los efectos de determinar la base de cálculo de los anticipos se deberá: a) Al monto total de los bienes gravados determinado en la declaración jurada del período fiscal 2018 se le restará el importe declarado en dicho período en concepto de inmueble con destino a casa-habitación, siempre que el mismo resulte igual o inferior a $ 18.000.000 y la incidencia que el importe así detraído tenga en la presunción referida a objetos personales y del hogar. b) Sobre el nuevo valor total de los bienes, calculado conforme el inciso precedente que exceda los $ 2.000.000 se aplicará la alícuota que corresponda de acuerdo con la escala prevista en el Artículo 25 de la ley del impuesto. c) Al impuesto así determinado se le detraerá -de corresponder- l...
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