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Mostrando entradas de abril, 2016

AFIP Permite la inscripción de Sociedades Simples como Monotributistas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos informa que a modificado sus sistemas a los fines de permitir la inscripción en el Régimen Simplificado (Monotributo) a las  “Sociedades Ley 19.550 Capítulo I Sección IV” de la ley de Sociedades Comerciales (ex Sociedades de Hecho –entre otras-). Sólo se requiere que dichas sociedades cumplan con los requisitos previstos en la Ley N° 24.977. (Recordemos que se permite un máximo de tres socios) La adhesión se realizará por la página de AFIP y previamente se debe haber obtenido el CUIT de la sociedad y relacionar la clave fiscal del representante para lo cual debe presentarse ante AFIP los siguientes elementos: 1) Fotocopia del contrato social con firma de sus integrantes certificada por escribano público. 2) 2 constancias que acrediten el domicilio fiscal de la Sociedad 3) DNI de todos los socios 4) 420/J con firma de todos los socios, acuse de presentación del F-420/J y comunicación de aceptación por ev

AFIP realizará modificaciones en Monotributo y Planes de Pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos realizará modificaciones en dos de los temas que más afectan en la actualidad a los pequeños emprendedores, empresarios y cuenta propistas, las escalas del Régimen simplificado y los Planes de Pago permanente. Hace bastante tiempo que se amaga con modificar las escalas del Monotributo y luego se vuelve a fojas cero, pero ahora parece que la decisión estaría tomada. No obstante hay que ser cautos porque es claro que este gobierno y la propia AFIP tienen una velocidad diferente para realizar modificaciones que benefician a grandes participantes de la economía y otra velocidad (algo así como una tortuga o un caracol) para las modificaciones que benefician a los que parecería que ellos creen actores despreciables de la escena nacional. Estas modificaciones fueron anticipados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas a traves de su portal de Internet y se resumen en: MONOTRIBUTO La AFIP prepara la actualizaci

Decreto 593/16. Asignaciones Familiares Para Monotributistas

El Gobierno Nacional mediante la publicación del Decreto 593/2006 oficializó el pago de las asignaciones familiares para los contribuyentes Monotributistas. En el Decreto citado se establecen las siguientes disposiciones: PAGAR PARA COBRAR Para acceder al cobro de las asignaciones familiares los contribuyentes Monotributistas deberán haber realizado los pagos correspondientes a la categoría en la que estén encuadrados. CATEGORÍAS ALCANZADAS Los Monotributistas  que tienen derecho a percibir las Asignaciones Familiares son aquellos que revisten desde la Categoría B hasta la Categoría I inclusive, excepto la asignación correspondiente a Hijo discapacitado que será abonada sin importar la categoría. ASIGNACIONES FAMILIARES A PERCIBIR Las Asignaciones Familiares que el estado abonará a los sujetos Monotributistas son las siguientes: a) Asignación por Hijo; b) Asignación por Hijo con Discapacidad; c) Asignación Prenatal d) Asignación por Ayuda Escolar Anual para la educación inicia

RG 3866 AFIP. Monotributo Social. Actualización Importes Ingresos Brutos máximos anuales

Se procede a actualizar el importe máximo de ingresos brutos anuales a efectos de ser encuadrado dentro del Monotributo Social. La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la publicación de la Resolución General 3866 elevo dicho importe máximo hasta los $ 72.000 anuales. Recordamos que el Monotributo Social establece la eximición total del ingreso del impuesto integrado y la cotización previsional fija y la eximición del 50 % de la cotización con destino a la obra social. Para conocer más de este Monotributo ingresá aquí:  Monotributo Social También se procedió a actualizar los importes máximos de ingresos brutos devengados a considerar para los “Proyectos Productivos o de Servicios”, en este caso el importe pasa a ser de: a) De tratarse de DOS (2) integrantes: CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS ($ 144.000.-). b) De tratarse de TRES (3) integrantes: DOSCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS ($ 216.000.-).     Administración Federal de Ingresos Públicos

Monotributistas: Paso a paso para cobrar las Asignaciones Familiares

El gobierno anunció que desde el mes de mayo los monotributistas tendrán acceso al cobro de las Asignaciones Familiares por Hijo, Prenatal, por Hijo Discapacitado y Ayuda Escolar. A continuación se desarrolla el paso a paso que dichos contribuyentes deben realizar a efectos de poder cobrar las Asignaciones Familiares citadas. Los  m onotributistas deben corroborar que tanto sus datos personales como   los de su grupo familiar acreditados correctamente en la ANSES.  La consulta para verificar dichos datos debe hacerse desde la página web del organismo (www.anses.gob.ar). En caso de que no estén acreditados, deberán dirigirse a una oficina de la ANSES sin turno previo con la siguiente documentación:  ·   1) O riginal y fotocopia de los DNI de ambos progenitores e hijos,  ·   2) P artida de nacimiento original y fotocopia, ·   3) C onstancia de CBU emitida por banco, donde consten el DNI, número de CBU y apellido y nombre del titular. Paso a paso Paso 1) Consulta a través de www.a

Se prorrogaron Ganancias y Bienes Personales.

En el sitio de Internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos el Organismo de contralor publica las nuevas fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2015 para los contribuyentes con vencimientos en el presente mes de abril. Según se puede visualizar en la imagen los vencimientos comienzan el día 21/04/2015. Incredulo? Ingresa aquí:  AFIP Ganancias Bienes Personales

AFIP: Estados Administrativos de la CUIT. Nuevo Micrositio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó en su página de Internet un nuevo micrositio en el que se agrupa toda la información relativa a los Estados Administrativos de la CUIT implementados por la Resolución General 3.832.     En dicho micrositio encontraras: a) Información general relativa a los Estados Administrativos de la CUIT. Recordemos que los “Estados Administrativos de la CUIT” son el resultado de un procedimiento de carácter general para la evaluación periódica de los contribuyentes y responsables mediante controles sistémicos ejecutados en forma centralizada, en función de los incumplimientos y/o inconsistencias que pudieran acaecer. La evaluación periódica se realizará para los sujetos con fecha de inscripción (alta de la CUIT) previa al 1° de enero del año inmediato anterior a la fecha del proceso. El primer proceso comprenderá a los responsables con inscripción anterior al 1° de enero de 2015. La citada evaluación contemplará distintos aspectos de cu

AFIP te informa que bienes e ingresos debes considerar para Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó el servicio mediante el cuál “informa” a los contribuyentes la información que dispone respecto de bienes e ingresos y que deberían ser considerados en la confección de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales. Para acceder a dicha información procedió a habilitar el servicio “Ganancias y Bienes – nuestra parte” (no es que colaboran con el impuesto debido a que nunca se actualizaron la escala es que te recuerdan lo que no debes olvidarte cuando haces las declaraciones) Encontrarás dos apartados: a) Información sobre tus bienes: Aquí hay un detalle de Bienes Inmuebles, automotores, plazos fijos, cuentas bancarias, títulos públicos, acciones y compra venta de divisas. De las consultas realizadas parece estar bien la información existente con excepción de Inmuebles y automotores en donde no hay información. b) Información sobre tus ingresos y deducciones: dato