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Mostrando entradas de febrero, 2016

Resolución General 3831 AFIP. Se reglamenta la aplicación de las nuevas deducciones de Ganancias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la publicación de la Resolución General 3831 reglamentó la aplicación del incremento en las deducciones personales del Impuesto a las Ganancias que habían sido establecidas por el Decreto 394/2016. PRINCIPALES DISPOSICIONES 1) Tablas mensuales a utilizar por los agentes de retención En la presente RG se procede a publicar las tablas con los importes mensuales acumulados correspondientes a cada concepto de las deducciones como asimismo la tabla con las alícuotas a aplicar en cada mes los empleadores que deben actuar como agentes de retención del impuesto a las ganancias según lo establecido en la Resolución General 2437. Para consultar las mismas al final del artículo. 2) Devolución de retenciones También se estableció de forma expresa que los empleadores que deban realizar devoluciones de retenciones con motivo de la aplicación de las nuevas deducciones deben efectivizar la misma en la primer liquidación d

Ganancias Nuevas Deducciones. Decreto 394/2016. Derogación Decreto 1242/2013.

Mediante la publicación del Decreto 394/2016 el gobierno oficializó los nuevos importes correspondientes a las deducciones personales en el impuesto a las ganancias. Por otra parte el Decreto en cuestión procede a derogar el Decreto 1242/2013. Recordemos que por medio de dicho decreto se habían establecido las anteriores deducciones y, también, el famoso límite incoherente de establecer mediante los ingresos obtenidos en el período enero a agosto 2013 la posibilidad o no de quedar alcanzado por el impuesto en forma In eternum. Ésta manifiesta incoherencia producía anomalías tales como empleados con igual sueldo y diferente impuesto vulnerándose principios constitucionales. Obviamente al ser el Impuesto a las Ganancias un impuesto anual, verificándose en el caso de personas físicas, el nacimiento del hecho imponible en el año calendario, la aplicación de las nuevas deducciones operan desde el 1 de enero del año 2016. No obstante  no está de más recordar que anteriorment

Resolución General 3830 AFIP. Cambios en el trámite de solicitud de devoluciones de percepciones.

Mediante la publicación de la Resolución General 3830 la Administración Federal de Ingresos Públicos flexibiliza el trámite a realizar para solicitar la devolución de las percepciones realizadas oportunamente por compra de dólar ahorro o por gastos realizados en el exterior. Desde ahora no será necesario realizar el trámite del registro de datos biométricos (foto, firma y huella dactilar) y su validación como condición para realizar el trámite. Asimismo establece, para aquellos contribuyentes, que deban tramitar la CUIT, que para poder solicitar la misma será necesario solicitar un “Turno Web” a través del “Sistema de Gestión de Atención Institucional”. Es decir que desde ahora en adelante estos son los requisitos que deben cumplir aquellos contribuyentes que quieran solicitar la devolución de las percepciones: a) Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), obtenida en los términos de la Resolución General N° 10, sus modificatorias y complementarias. b) Con

Reunión AFIP FACPCE: Se anticipó que AFIP analiza implementar importantes cambios

Se celebró la primer reunión del año entre representantes de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. En dicha reunión las autoridades de la AFIP manifestaron la intención de invitar a las Entidades Profesionales a establecer un espacio de Diálogo Institucional con el objeto de intercambiar ideas y mejorar la relación Fisco-Contribuyente. La frecuencia de las reuniones sería mensual y también se realizarían reuniones en las Direcciones Regionales de la AFIP del interior del País. Entre los principales temas tratados surgen algunos que pueden ser interesantes para la tarea desarrollada por los profesionales de Ciencias Económicas: a) En la segunda quincena de febrero se remitirá para su análisis la versión Beta del aplicativo de Ganancias de Personas Físicas (importante para que el proceso de testeo del mismo no se haga en el momento de cargar las declaraciones juradas) b) Se

AFIP Planes Permanentes de Pago. Resolución General 3827.

Mediante la publicación de la Resolución General 3827 la Administración Federal de Ingresos Públicos crea nuevos planes de facilidades de pago permanentes para pasivos tributarios, provisionales y/o aduaneros. Al final del artículo podes acceder al archivo con la pertinente resolución general. Las principales características de los nuevos planes de pago son las siguientes: A) SUJETOS ALCANZADOS Todos los contribuyentes sin necesidad de cumplimentar requisitos especiales como se requerían en la última versión de planes de pago establecidos por la resolución general 3516 (planes de hasta 6 cuotas) B) CONCEPTOS ALCANZADOS 1) Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas, vencidas a la fecha de presentación del plan de pagos. 2) Multas aplicadas y/o cargos suplementarios formulados por tributos a la importación o exportación, sus intereses y actualizaciones. 3) Los saldos pendientes por obligaciones incluidas en plane

Planes de Pago AFIP. RG 3827. Puntos Principales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos subió a su página de Internet un resumen de las características que tendrán los nuevos planes de pago que serán creados mediante la publicación de la Resolución General 3827. Repitiendo un erróneo procedimiento utilizado por la gestión anterior se procede a comunicar las novedades primero por canales y/o procedimientos alternativos prescindiendo de la publicación previa en el boletín oficial de la normativa que da sustento a las novedades que se comunican. (la publicación se realizó hoy lunes 10 en el boletín oficial, para leer un resumen y consultar la misma ingresa aquí:  AFIP Planes Permanentes de Pago. Resolución General 3827 Los nuevos planes de financiación permanente creados no reducen significativamente la tasa de interés, y en realidad la incrementan respecto de los anteriores planes pues la misma se establece en el 2,32 % mensual, es decir una tasa anual de financiación del 27,84 %, en tanto que para los grandes