A días de que venza el plazo (30/04/2015) establecido por la Resolución General IGJ 4/2014 para la presentación -ante la Inspección General de Justicia (IGJ)- de la declaración jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales, como así también para las asociaciones civiles y fundaciones –Establecido por la RG (IGJ) 1/2010-., la IGJ emite una nueva resolución que amplia los incumplimientos que harán factible incluir a las distintas entidades en el Registro de Entidades Inactivas (REI). Por otra parte se establece el procedimiento para poder regularizar la situación de las entidades y ser excluidos del REI Mediante la Resolución General IGJ 6/2015 se establece que se procederá a incorporar al Registro de Entidades Inactivas a aquellas entidades de las que pueda presumirse su inactividad en virtud de los incumplimientos de las obligaciones establecidas por la normativa vigente para con el organismo. Esta in...
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