El objetivo de esta entrada es resumir en un solo lugar todos los enlaces que deriven a sitios necesarios para realizar las tareas mensuales de nuestra profesión.
Será una entrada dinámica donde continuamente se irán agregando nuevos enlaces por sugerencias recibidas, hoy comenzamos con nuestra bendita AFIP
Capítulo I
1) Cuando a inicios del mes queres planificar el trabajo mensual es necesario que prepares un calendario con los vencimientos de tus clientes, para ello podes ingresar a: Agenda de vencimientos
2) Probablemente este mes y, como cada uno de ellos, nuestros siempre "bien ponderados" amiguitos programadores de la Administración Federal de Ingresos Públicos habrán actualizado los aplicativos creando el reléase 1.99Z por lo que deberías actualizar el programa ingresando en: Aplicativos AFIP
3) Cómo probable e inevitablemente surgirán dudas sobre la normativa debido a la claridad meridiana de nuestros legisladores para plasmar sus progresistas ideas impositivas o bien se producirán errores en la generación de las declaraciones juradas debido a que nuestros amigos programadores suelen utilizarnos como tester deberás recurrir a intentar saber que contesto nuestro Organismo de Contralor ante pretéritas consultas de otros colegas que han sufrido lo mismo y por ende han elevado sus inquietudes, para lo cual podes visitar: AFIP: preguntas y respuestas
4) No obstante como existe irremediablemente la ley de Murphy la pregunta que intentas evacuar seguramente no estará allí y tendrás que recurrir a releer la normativa (quizás deberías haber sido mas enfático en la primer lectura) y como no todos tienen la posibilidad de poder pagar la suscripción de alguna de las editoriales especializadas, recurrirás a:
b) Infoleg
5) Hete aquí que probablemente tu conclusión difiera de la interpretación de otros colegas, pues si hay algo para lo que son pródigas nuestras leyes impositivas, debido a su exacta precisión, es la de fomentar la imaginación en un nivel que Isaac Asimov envidiaría notablemente, para lo cual procedes a intentar dilucidar cual es la interpretación de la Administración Federal de Ingresos Públicos, por lo tanto procedes a enviar un mail a: mayuda@afip.gov.ar
Obviamente damos por sobreentendido que tu intención no es cultivar la paciencia de forma similar a un monje budista, aunque si queres practicar te sugerimos que intestes comunicarte con el Organismo al 0810 - 999 - 2347.
Cuando te exasperes de esperar que te contesten por alguno de los anteriores medios, puteando a troche y moche iras dejando un surco hacia alguna de las dependencias de AFIP, las cuales podes consultar aquí: Agencias de AFIP
6) En el momento que retornas de la AFIP (no necesito explicarte con que nivel de respuesta) te llama un cliente de esa agencia que necesita solicitar el Certificado Fiscal Para Contratar y justo este mes pago fuera de término las cargas sociales, por lo que debes proceder a calcular los intereses resarcitorios utilizando: Calculadora de intereses resarcitorios
Como este cliente tiene mentalidad prehistórica y no quiere saber nada con veps o cosas similares para pagar siempre te dice: me mandas la boletita de pago, vos todo un duque procedes a imprimir del aplicativo de compensaciones y no se cuanto más o bien buscas el formulario en el siguiente enlace: Formularios AFIP
7) Por último como te quedan algunas dudas sobre el trámite a realizar, buscas en: Guía de trámites
En la página de la AFIP hay otro enlace pero dudo que alguna vez hayan leído algo de allí porque sino seguro que todo sería muy distinto: Reclamos y sugerencias
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