1) ¿Qué es el Monotributo Social?

El Monotributo Social es una categoría tributaria permanente, creada con el objeto de facilitar y promover la incorporación a la economía formal de aquellas personas en situación de vulnerabilidad que han estado históricamente excluidas de los sistemas impositivos y de los circuitos económicos. A partir del reconocimiento de sus actividades y de su inclusión como contribuyentes, trabajadoras y trabajadores están en condiciones de emitir facturas oficiales, acceden a las prestaciones de las obras sociales del Sistema Nacional de Salud tanto para sí como para sus familias, y realizan aportes jubilatorios. |
2) ¿Quiénes pueden inscribirse? 

Las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y que no generen ingresos anuales superiores a $ 32.196 (treinta y dos mil ciento noventa y seis). | |
Pueden inscribirse: | |
![]() | Personas físicas mayores de 18 años que realicen una única actividad económica. |
![]() | Integrantes de proyectos productivos que conformen grupos de hasta 3 personas. |
![]() | Cooperativas de Trabajo (pueden ser fábricas recuperadas o empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores, con 6 asociados como mínimo). |
Los monotributistas sociales no pierden el derecho a la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social. |
3) ¿Qué derechos reconoce el Monotributo Social?

Los monotributistas sociales pueden: | |
![]() | Emitir factura. |
![]() | Acceder a una obra social. |
![]() | Ingresar al sistema previsional (para poder jubilarse en el futuro). |
![]() | Ser proveedor del Estado por compra directa. |
4) ¿Cuánto paga un monotributista social por mes? ¿Dónde debe pagar?¿Cuándo?

Actualmente el importe es de $ 50 (al 10/08/12). Pues, sólo paga el 50 % del componente de la obra social. Los demás importes están subsidiados por el Ministerio de Desarrollo Social. Debe realizar el pago en cualquier banco hasta el día 20 de cada mes. Se aclara que, en el caso de realizar el pago en Pago Fácil, Rapipago, etc. habrá una demora de 10 días entre pago y depósito. |
5) ¿Dónde pueden inscribirse al Monotributo Social?

Este trámite no se inicia en la AFIP. La inscripción se realiza en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social y/o a través de los Centros de Referencia, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. El Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social es el organismo encargado de la inscripción y verificación de los monotributistas sociales. Evalúa las condiciones en que se encuentran las personas que solicitan la inscripción verificando los datos a través de diferentes sistemas de información (AFIP, SYNTIS). DATOS ÚTILES Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social 25 de mayo 606 PB (C1002ABN) Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver en la página web las sedes en las distintas provincias). Línea gratuita: 0800-222-3294 www.desarrollosocial.gov.ar www.desarrollosocial.gov.ar/monotributosocial/118 registroefectores@desarrollosocial.gov.ar |
6) ¿Qué actividades pueden inscribirse en el Monotributo Social?

La Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social evaluará y aprobará la inscripción cuando las actividades que se realicen se consideren relevantes para el desarrollo local y la economía social. Se van a poder establecer prioridades a partir de necesidades regionales y locales en relación con la: | |
![]() | generación de empleo |
![]() | identidad comunitaria |
![]() | preservación del ambiente |
![]() | fomento de turismo |
![]() | promoción comunitaria |
NO se van a considerar relevantes para el desarrollo local actividades tales como: | |
![]() | Venta de productos por catálogo |
![]() | Venta de quiniela |
![]() | Venta de autopartes nuevas o usadas |
![]() | Servicio de taxi o remise |
![]() | Cuidado de vehículos en la vía pública |
![]() | Cualquier actividad que sea ajena a los objetivos del desarrollo autogestivo |
7) ¿Cuáles son las compatibilidades e incompatibilidades en el momento del cruce de información para proceder a otorgar el alta o el rechazo en el Monotributo Social?

Al momento de la inscripción, se van a realizar cruces de los cuales pueden surgir hallazgos de compatibilidad o de incompatibilidad: |
Cruces Compatibles: | |
![]() | Propietario de un bien inmueble. |
![]() | Propietario de un bien mueble registrable no afectado al emprendimiento económico. |
![]() | Seguro de desempleo (sin superposición en el tiempo). |
![]() | Pensión no contributiva. |
![]() | Pensión contributiva mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil. |
![]() | Jubilación mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil. |
![]() | Asignación Universal por Hijo. |
![]() | Antecedente de Monotributo General. |
![]() | Programas de ingreso social municipales, provinciales o nacionales. |
Cruces Incompatibles: | |
![]() | Profesionales en ejercicio de su profesión. |
![]() | Personal en relación de dependencia. |
![]() | Propietario de dos o más bienes inmuebles. |
![]() | Propietario de dos o más bienes muebles registrables no afectados al emprendimiento económico. |
![]() | Jubilación mayor que la mínima. |
![]() | Empleador o titular de acciones o cuotas partes de las sociedades comerciales. |
![]() | Registrado como tributante en el Impuesto a las Ganancias. |
![]() | Ingresos brutos anuales superiores a los $ 32.796 (al 10/08/12). |
![]() | Inscripto en el Régimen de Servicio Doméstico u otro régimen especial. |
8) ¿Qué documentación se requiere para inscribirse en el Monotributo Social?

PERSONAS FÍSICAS | ![]() |
PROYECTOS PRODUCTIVOS | Por cada uno de los integrantes (que no pueden ser más de 3 personas): ![]() |
COOPERATIVAS DE TRABAJO | Por cada uno de los asociados: ![]() ![]() ![]() |
En el caso de las Personas Físicas o de los Proyectos Productivos, los trámites ante AFIP los realizará directamente el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. |
9) ¿Por cuánto tiempo se mantiene la categoría tributaria del Monotributo Social?

Es una categoría tributaria permanente, el derecho se mantiene siempre que subsista la situación de vulnerabilidad social y se continúe cumpliendo con los requisitos de ingreso al programa y no se originen incompatibilidades de ningún tipo. |
10) ¿Los Monotributistas Sociales tienen Obra Social?

Los inscriptos en este régimen pueden elegir libremente una obra social nacional de las referidas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (consultar padrón de obras sociales disponibles en ww.sssalud.gov.ar). Además, podrán acceder a la obra social el cónyuge y los hijos, realizando mensualmente por cada uno de ellos el pago del 50 % del importe correspondiente a obra social (actualmente $ 50 por c/u). Las altas y bajas de adherentes se tramitan en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social o sus delegaciones. El cambio de obra social puede ser efectuado luego del primer pago del Monotributo Social en cualquier momento del año. Si ya realizó un cambio de opción deberá esperar 12 meses para poder realizar el próximo. Dicho trámite es personal y se realiza en la sede de la nueva obra social, a través del formulario de opción de cambio. Para cualquier inquietud relacionada con el tema de obras sociales se puede consultar al 0800-222-72583 o a www.sssalud.gov.ar o dirigirse personalmente a: Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 P.B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
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