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Cambios en el Monotributo



En conferencia brindada por el Gobierno con anterioridad a la reunión con empresarios y sindicalistas se anunciaron importantes cambios en los límites máximos de facturación anual para el monotributo.

Según expuso el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, rige desde este mismo mes por lo que afectaría las recategorizaciones en curso y que vencían el día 20 de septiembre por lo que es necesario esperar a la publicación de la normativa que se realizará en el día de mañana.

Los límites máximos fueron duplicados:
a) Para prestación y locaciones de servicios se eleva desde los $ 200.000 actuales hasta un importe anual de $ 400.000
b) Para venta de bienes el límite máximo se incrementa desde los $ 300.000 actuales hasta los $ 600.000

También se modifican las demás escalas. Ahora la categoría B, que es la más baja (en 2010 se unificó con la A), es para quienes facturan hasta 48.000 pesos (antes era hasta $24.000 anuales); la C, hasta $72.000; la D, hasta $96.000; la E, hasta $144.000; la F, hasta $192.000; la G, hasta $240.000; la H, hasta $288.000 y la I, hasta $400.000; las otras tres categorías, exclusivas para la producción de bienes, son la J, hasta $470.000 pesos anuales; la K, hasta $540.000; y la L, hasta 600.000.

El resto de los párametros: metros cuadrados utilizados en la actividad, energía electrica consumida no tienen cambios por lo que mantienen con los importes actuales.

Por otra parte se anunció un incremento  en los subsidios que da el Estado a las obras sociales sindicales por atender a jubilados, monotributistas y empleadas domésticas. 

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