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Pro.Cre.A.R. Nuevos Créditos Para Compra de Viviendas a Estrenar.



El Gobierno presentó anoche el lanzamiento de una nueva línea de créditos hipotecarios del programa oficial PROCREAR para la adquisición de viviendas a una tasa anual a partir del 2 por ciento y a 30 años.

A continuación podes acceder a la siguiente información:

a) Video tutorial con la información mas importante, accede aquí:Tutorial Crédito Pro.Cre.A.R.

b) Calculador del crédito y del importe de la cuota, accede aquí: Calcular Crédito y Cuota


Descripción / DetalleIngresos Familiares Netos
Hasta $6.000De $6.001 a $12.000De $12.001 a $18.000De $18.001 a $24.000De $24.001 a $30.000
Tramo 1: Tasa Fija TNA
(5 años)
2,50%6,00%12,00%13,50%16,50%
Tramo 2: Tasa Tope - TNA
(a partir de 6 años)
4,50%14,50%17,00%18,00%19,00%
Monto Máximo$450.000$500.000$500.000$500.000$500.000
Plazo máximo (años)3020202020
Relación cuota ingreso40%45%45%45%45%
Gastos de Administración0,50%2,00%2,00%2,00%2,00%
Seguro de Vida0,00%0,12%0,12%0,12%0,12%
Seguro de Incendio0,00%0,015%0,015%0,015%0,015%
Porcentaje de financiación80%80%80%80%80%
Valor máximo de la vivienda$650.000$850.000$850.000$850.000$850.000
Costo financiero total (efectivo)3,91%8,41%15,10%16,84%20,41%
Cuota inicial Monto Máximo$1.789$4.376$6.346$6.890$8.025

REQUISITOS GENERALES

Ser beneficiario de algunos de los sorteos del Programa ProCreAr con destino Adquisición de vivienda a estrenar.
No ser beneficiario de otro Programa ProCreAr

El Programa admite que la vivienda a adquirir puede tener hasta 150 metros cuadrados.

Valor de la vivienda: Para el/los solicitante/s con ingresos netos mensuales de hasta $6.000, el valor máximo de la vivienda es de $650.000. Para ingresos entre $6.001 y $30.000, el valor máximo es de $850.000.

La vivienda puede estar construida con un porcentaje que no supere el 60% de material “Madera” o sus derivados.
Quedan excluidas las operaciones entre familiares.
Nacionalidad: Argentino o Extranjero, con residencia permanente en el país.

Edad para acceder al crédito: entre 18 y 65 años (edad máxima al cancelar el crédito: 75 años)

Antigüedad laboral mínima: 1 año, tanto en relación de dependencia como en independientes.

Ingresos mínimos: Se consideran los ingresos netos del solicitante (sumando, cuando hubiera, los ingresos por una segunda actividad) y los de su cónyuge o concubino/a, en cuyo caso se constituirá en “codeudor”.

En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se considera Salario Neto la suma de dinero que regularmente cobra el trabajador por su trabajo y que resulta del total de sus haberes menos los descuentos de ley que debe retener el empleador (descuentos previsionales, tributarios, seguros, etc.). En cuanto a los trabajadores independientes será considerado de acuerdo a la categoría que le sea establecida por el régimen tributario de la AFIP.

Aquellas personas que perciban un ingreso mediante becas, residencias, o cómo servicio doméstico deberán acreditar su condición de tal con los comprobantes correspondientes.

Relación cuota/ingreso: La cuota mensual a pagar del crédito puede cubrir hasta el 40% del ingreso neto familiar. Se consideran todas las obligaciones que tengan en el sistema financiero.

Antecedentes financieros: Es necesario no tener antecedentes negativos en el sistema financiero:

Retrasos en pagos durante el último año.
Deudas vencidas mayores a $250.
Tener 3 o más cheques rechazados por “sin fondos” en los últimos 12 meses.
Juicios, embargos, quiebras, concursos y morosidad en los últimos 5 años.


DOCUMENTACIÓN PERSONAL SOLICITADA
Documentación Personal: D.N.I., L.C. o L.E. o certificación de identidad para extranjeros.


Estado civil:
CASADO: Libreta de Matrimonio.
DIVORCIADO: Sentencia de divorcio.
UNIDOS DE HECHO: Certificado de Convivencia, (cuando tengan hijos en común, partida de nacimiento de los hijos) o contrato de alquiler a nombre de ambos titulares o facturas de servicios y/o resúmenes de productos bancarios donde se verifique la coincidencia de domicilio para ambos titulares.


Datos familiares:

HIJOS MENORES DE 18 AÑOS: Partida de nacimiento (sólo si no se encuentran inscriptos en la Libreta de Matrimonio).
PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES A CARGO: DNI (cuando sea hijo de uno de los solicitantes) y Certificado de discapacidad (extendido por el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de las personas con discapacidad o por las juntas provinciales o las juntas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Certificado de Discapacidad Único).
VETERANOS DE GUERRA: último recibo de haberes (pensión de guerra)


DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATORIA DE INGRESOS

Empleados: Últimos 12 recibos de sueldo, si los recibos son quincenales deberá presentar los que conforman el mes completo.

Certificado de empleo. En papel membretado, con la firma y cargo del empleador, certificada por entidad bancaria y los siguientes datos del empleado: nombre y apellido, tipo y N° de documento, CUIL, fecha de ingreso, cargo y/o función, tipo de contratación, remuneración mensual bruta.

Jubilados: Últimos 3 recibos de haberes.

Becarios: Certificado de otorgamiento de la beca o documentación similar que acredite el otorgamiento.
Comprobante de cobro de los últimos 3 meses.

Médicos residentes: Recibo de cobro de los últimos 12 meses


Servicio doméstico: Formularios 102/B de AFIP de los últimos 12 meses, completos y firmados por el dador de trabajo y comprobantes de pago de los aportes y contribuciones.

Peones Rurales: Que presten servicio bajo el régimen de “Trabajadores de Temporada” y que cumplan con las siguientes condiciones: presenten últimos 12 recibos de sueldo, registren una continuidad laboral de 3 años.

Para personas independientes:

Comprobante de inicio de actividades frente a AFIP.
Para profesionales: Matrícula profesional o título habilitante.

Régimen ganancias: Última declaración jurada de impuesto a las ganancias y comprobante de pago correspondiente. Si es rectificativa además deberá presentar la original.

Régimen monotributo: Comprobantes de los pagos del monotributo de los últimos 3 meses o declaración y comprobantes de pago de ingresos brutos correspondientes a los últimos 12 meses.

DOCUMENTACIÓN DEL INMUEBLE
Fotocopia del título de propiedad del inmueble.

Comprobante de impuesto inmobiliario o municipal del inmueble a tasar donde figure la nomenclatura catastral del mismo.

Reglamento de copropiedad o plano de subdivisión (cuando corresponda).

Reserva de compra.


IMPORTANTE: Recomendamos que la reserva se realice ad referéndum de aprobación del crédito PRO.CRE.AR. Bicentenario, hasta tanto el mismo esté aprobado.





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