Bien es sabido por todos que nuestros legisladores no son la perfección creando y sancionando leyes. También que muchas veces solo ofician de mera escribanía del poder de turno, aprobando sin el más mínimo debate los textos legales que le remiten desde el Poder Ejecutivo. La sanción de la ley 26.940 se enmarca dentro de los parámetros citados en los párrafos anteriores. Se sancionó rápidamente, de forma unánime, pero probablemente muy pocos legisladores hayan leído razonadamente la misma y menos que se hayan imaginado los distintos escenarios que podían suscitarse con motivos de su sanción. La ley se sancionó en el mes de Mayo. La ley entró en vigencia en el mes de Agosto. El gobierno reglamentó la ley en el mes de Octubre. La AFIP se tomó cinco meses para emitir la correspondiente Resolución General y un poco más para adaptar los sistemas de liquidación de cargas sociales. Luego de todo ese tiempo, la gran mayoría tiene serias dudas sobre como apli...
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