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Como Solicitar el Certificado Fiscal Para Contratar.





El Certificado Fiscal para Contratar es el documento emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos por el cual se habilita para actuar como proveedor del Estado Nacional.

Para ello los solicitantes deben haber cumplido con sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los Recursos de la Seguridad Social.

Están exceptuados de la obligatoriedad de poseer el "Certificado Fiscal para Contratar", los sujetos que efectúen presentaciones de ofertas cuyos importes sean inferiores a CINCUENTA MIL PESOS ($ 50.000.-),

El trámite para solicitar el Certificado se encuentra desarrollado en la Resolución General 1814/05 de la AFIP.



Para que la AFIP emita el correspondiente certificado realizará una verificación sistémica a efectos de controlar que el contribuyente solicitante:

a) No tenga deudas líquidas y exigibles impositivas y/o de los recursos de la seguridad social (las obligaciones incluidas en los planes de pago vigentes no constituyen deuda exigible).

También se emitirá el Certificado en aquellos casos con deudas pero que coexistan con créditos, a favor del solicitante, líquidos, exigibles y de plazo de pago vencido contra el Estado Nacional, Provincial o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en contratos de suministro de bienes, obras y/o servicios por montos iguales o superiores a las deudas que mantienen con esta Administración Federal

b) Hayan cumplido con la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas,

c) No se encuentren suspendidos en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas por falta de pago de las obligaciones aduaneras,

d) No hayan sido condenados (en el caso de sociedades jurídicas también sus directivos), con sentencia firme, por los delitos contemplados en las Leyes Nº 22.415 y sus modificaciones, Nº 23.771 y sus modificaciones y Nº 24.769 y sus modificaciones, según corresponda, por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras -propias o de terceros-, o por delitos en los que se haya dispuesto el procesamiento de funcionarios o ex funcionarios estatales con motivo del ejercicio de sus funciones.

e) Hayan solicitado su incorporación al régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.

Si como consecuencia del proceso de control la AFIP detectara alguno de los incumplimientos citados en los puntos anteriores emitirá un informe de inhabilitación con el detalle de los incumplimientos, el que será notificado al interesado.

Luego de la notificación los contribuyentes quedan obligados a regularizar su situación tributaria y/o previsional indicada en el referido informe de inhabilitación a efectos de obtener el Certificado.

El Certificado emitido tendrá una validez de CIENTO VEINTE (120) días corridos, contados a partir del día de su emisión.

¿Qué datos debe contener la Multinota a presentar en la dependencia de la AFIP para solicitar el Certificado?
La multinota debe confeccionarse en carácter de declaración jurada y se ajustará al modelo siguiente:

Lugar y fecha,

Asunto: Solicitud de certificado fiscal para contratar con la Administración Nacional.

Apellido y nombres, denominación o razón social:

Domicilio:

C.U.I.T.:

Por la presente, de acuerdo con lo establecido por la RG 1814 solicito se me extienda el "Certificado Fiscal para Contratar", para participar en cualquier licitación y/o contratación que efectúen los organismos indicados en el inciso a) del artículo 8° de la Ley24.156 y sus modificaciones.

A dicho efecto, comunico los datos del último certificado fiscal para contratar emitido por ese organismo: (en caso de corresponder)

Dependencia otorgante: (1)

Número de certificado: (1)

Fecha de emisión: (1)

Fecha en que expira el certificado: (1)

Firma y aclaración

(1) Consignar el dato cuando corresponda.

Cuando la situación del solicitante encuadre en la excepción prevista en el segundo párrafo del inciso a) del Artículo 1º (acrediten fehacientemente que poseen créditos líquidos, exigibles y de plazo de pago vencido contra el Estado Nacional, Provincial o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, etc.) , deberá adjuntarse a la referida nota una constancia emitida por la autoridad competente del Estado Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, en la que conste el importe del crédito líquido y exigible a su favor, conforme al modelo que se consigna en el Anexo V de la misma RG. Dicha constancia tendrá una validez de 60 días corridos contados a partir de su emisión.




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