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¿Cómo Presentar El Balance En PDF en la AFIP?





Con fecha fines de enero la Administración Federal de Ingresos Públicos generó una campaña masiva de intimaciones a aquellos contribuyentes que no cumplimentaron con la presentación de los Estados Contables en PDF ante dicho Organismo de Contralor.

Resumen de las obligaciones vigentes:

¿Qué RG dispone la obligación de presentar los Estados Contables?
Recordemos que la Resolución General 3077/11 AFIP estableció que todos los contribuyentes enumerados en el Art. 1 de dicha resolución deberán transferir en PDF los Estados Contables, la Memoria y el Informe de auditoría.

¿Qué contribuyentes están obligados a cumplimentar la RG 3077?
Los contribuyentes obligados por el artículo 1 de la RG 3077 son los siguientes:
1) Las sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones.
2) Las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades en comandita simple.
3) Las asociaciones civiles y fundaciones.
4)  Las sociedades de economía mixta.
5) Los fideicomisos constituidos en el país conforme a las disposiciones de la ley 24.441.
6) Los fondos comunes de inversión constituidos en el país.
7) Cualquier otra clase de sociedades constituidas en el país o de empresas unipersonales ubicadas en éste.
8) Comisionista, rematador, consignatario y demás auxiliares de comercio no incluidos expresamente en la cuarta categoría.
9) Profesionales que complementen su actividad con una explotación comercial.

¿Cómo se realiza la presentación de la Memoria, los Estados Contables y el informe de auditoría?
Se deberá ingresar al servicio "Transferencia Electrónica de Estados Contables" del sitio web (http://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Fiscal habilitada, como mínimo, con Nivel de Seguridad 2.

Una vez ingresado al servicio, el contribuyente deberá consignar los datos requeridos por el sistema, y adjuntar los Estados Contables del período fiscal a transferir, en un solo archivo en formato ".pdf".

Como constancia de la presentación realizada, el sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo.

Se aclara que la Memoria y Estados Contables deben estar certificados por contador público independiente -con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula-.
Fuente: Art. 4 y Anexo I RG 3077/11



¿Existe alguna limitación de tamaño de archivo a transferir?
Si, el máximo tamaño del archivo es de 2 megabytes.

¿Cómo realizo el armado del archivo a transferir?
Trabajar con el balance certificado por el respectivo Consejo o Colegio Profesional.

Preferentemente con una copia en blanco y negro.

Scannear con la opción "imagen en blanco y negro" para poder disminuir el tamaño y la resolución del archivo.

Seleccionar la opción "guardar en formato en .PDF".

En caso de que el scanner no posea dicha opción, guardar como imagen.

Utilizar el muy buen programa gratuito Primo.pdf para reunir todo en un sólo archivo, utilizando la funcionalidad Append


El nombre del archivo en pdf debe tener el siguiente nombre: EECC_CUIT_AÑO.PDF (cuit es sin guiones).



Comentarios

  1. Que pasaría si no presento el Balance al vencimiento?

    ResponderEliminar
  2. QUE PUEDO HACER SI PRESENTO UN BALANCE DE UN AÑO DIFERENTE? COMO PUEDO CORREGIR ESTO?

    ResponderEliminar

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