Según anticipa hoy iprofesional.com la semana entrante el Gobierno anunciará la creación de nuevos planes de pago de hasta 36 cuotas que permitirá financiar los pasivos impositivos y provisionales cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el día 28 de febrero de 2015, inclusive.
La tasa de interés que devengará el plan de pago será del 25,34 % anual y la Resolución General será publicada el viernes en el Boletín Oficial y el plazo máximo para adherirse al plan de pagos será hasta el día 30 de abril de 2015.
Al tratarse de un plan de pago y no de una moratoria no se contempla una condonación de intereses ni de multas sino que solamente permitirá financiar los pasivos existentes hasta en la cantidad de cuotas antes citadas.
En el plan de pago se podrán incluir pasivos impositivos y de los Recursos de la Seguridad Social (con excepción de deudas con Obras Sociales y ART). Estos conceptos incluirán tanto el capital nominal como sus intereses y multas.
También se podrán regularizar las deudas en discusión administrativa y/o judicial en la medida en que se desista o se allane totalmente a la pretensión del Organismo de Contralor y en el caso de los ajustes de fiscalizaciones en la medida en que el contribuyente conforme los mismos.
Los planes de pago solicitados mediante “Mis Facilidades" que se encuentren caducos con anterioridad al día 31 de marzo de 2015 podrán incluirse en el nuevo plan de pagos siempre que las deudas incluidas en el plan original sean susceptibles de ser incluidas.
No podrán incluirse:
a) Planes de pago vigentes o caducos con posterioridad al 31 de marzo de 2015.
b) Retenciones y percepciones (excepto aportes de personal en relación de dependencia).
c) Los anticipos y/o pagos a cuenta.
d) El Impuesto al Valor Agregado por importaciones de servicios.
e) Los aportes y contribuciones de Obras Sociales y ART.
f) Los aportes y contribuciones del personal doméstico.
Son requisitos establecidos para poder solicitar el plan de pagos que las declaraciones juradas correspondientes a los pasivos incluidos se encuentren presentadas y que las obligaciones con vencimientos fijados entre el 1 de marzo de 2015 y el 30 de abril de 2015 se encuentren presentadas y canceladas o regularizadas.
Lee más en nuestro artículo: Nuevos Planes de Pago. Análisis
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