La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución General 4018 – E publicó las valuaciones de autos, monedas extranjeras, títulos públicos, títulos valores, etc que los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales deben considerar en sus Declaraciones Juradas correspondientes al período fiscal 2016.
¿Quiénes se encuentran obligados a realizar la presentación de la Declaración Jurada de Bienes Personales?
Los sujetos obligados a realizar la presentación de la Declaración Jurada de Bienes Personales son los siguientes:
a) Quienes posean bienes valuados, al 31/12/2016, según las disposiciones del Impuesto sobre los Bienes Personales por un importe superior a los $ 800.000,00. En este caso corresponderá la presentación de la Declaración Jurada y el pago del impuesto resultante.
b) Quienes aún no superando el importe de $ 800.000 en la sumatoria de sus bienes, sean empleados en relación de dependencia y su sueldo bruto correspondiente al año 2016 haya superado los $ 500.000,00. En este caso la Declaración Jurada solo reviste el carácter de informativa.
c) Quienes aún no cumpliendo con ninguna de las condiciones citadas en los puntos anteriores se hayan inscripto en algún momento en el Impuesto sobre los Bienes Personales y hayan omitido tramitar la baja correspondiente. En este caso también la Declaración Jurada reviste el carácter de informativa.
Haciendo click en cada link siguiente podrás ingresar a los archivos en pdf con las distintas valuaciones a considerar para la liquidación del impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2016
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