Se difundió el acta de la reunión del día 12 de abril de 2017 entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y las distintas entidades profesionales y empresariales.
Recordemos que de dicha reunión surgió la versión respecto de la nueva modalidad de presentación de las declaraciones juradas anuales del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2016, ahora bien que dice en esta acta al respecto? NADA. Habrá que seguir esperando, ni ellos deben tener en claro todavía que habrá que presentar, cómo y cuando.
Entre las principales definiciones que pueden mencionarse de lo hablado en dicha reunión pueden destacarse:
1) SIRADIG para todas y todos o solo para quienes sean sujetos pasibles de retención:
Es un disyuntiva porque la Resolución General 4003 de su lectura taxativa surge que deberían presentarlo todos los empleados, de una interpretación armónica y lógica solo correspondería para aquellos empleados factibles de ser sujetos pasibles de la retención.
La respuesta de la AFIP: sarasasa
Nosotros decimos: sean concretos por favor!!!!
2) Problemas con la finalización del trámite y/o pago del Blanqueo.
Se planteó los inconvenientes que en algunos casos implicaron que contribuyentes que quisieron adherir al régimen de sinceramiento fiscal no pudieron completar el mismo por diversos motivos.
Respuesta de AFIP: estos contribuyentes deberán realizar una presentación con todos los elementos de prueba que acrediten que por causas ajenas a ellos no pudieron terminar la presentación y AFIP analizará cada uno y dará una respuesta.
Nosotros decimos: Buena decisión esperemos que en la práctica pueda ser llevada a cabo.
3) Se consultó si la no obligación del cambio de titularidad de una cuenta en el exterior opera solamente cuando la cuenta es bancaria o alcanza también a cuentas de inversiones.
Respuesta de AFIP: La no obligación del cambio de titularidad opera en todos los casos de cotitularidad de las cuentas.
Nosotros decimos: Lógico, razonable e importante. Bien ahí.
4) Inmueble del exterior alquilado, puede ser incluido en monotributo o debe incluirse la renta como primera categoría en ganancias?
Respuesta de AFIP: puede incluirse en el monotributo siempre que el contribuyente este dentro de los parámetros máximos de dicho régimen.
Nosotros decimos: Respuesta acertada, no debió dar lugar a dudas este tema.
Para leer toda el acta ingresa aquí:Acta Consejo Consultivo AFIP - Entidades Profesionales
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