Ir al contenido principal

Ganancias y Bienes Personales. Resolución General AFIP 4081 – E

Te habíamos anticipado los puntos principales de las nuevas disposiciones de la AFIP respecto de los vencimientos de las declaraciones juradas anuales del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales, ahora te acercamos el texto de la Resolución General 4081 – E que se publicará el día lunes en el boletín oficial.





PRINCIPALES PUNTOS

DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
Nueva fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas informativas: 21 de julio de 2017.


DECLARACIONES JURADAS ANUALES GANANCIAS, BIENES PERSONALES

Terminación CUIT
Fecha de Pago
Fecha de presentación DDJJ
         0,1,2 y 3
Hasta el 23/06/2017, inclusive
Hasta el 14/07/2017, inclusive
           4,5 y 6
Hasta el 26/06/2017, inclusive
Hasta el 14/07/2017, inclusive
           7,8 y 9
Hasta el 28/06/2017, inclusive
Hasta el 14/07/2017, inclusive


DECLARACIONES JURADAS IMPUESTO GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA INMUEBLES RURALES Y EXPLOTACIONES UNIPERSONALES

Terminación CUIT
Fecha de Pago
Fecha de presentación DDJJ
         0,1,2 y 3
Hasta el 26/06/2017, inclusive
Hasta el 17/07/2017, inclusive
           4,5 y 6
Hasta el 28/06/2017, inclusive
Hasta el 17/07/2017, inclusive
           7,8 y 9
Hasta el 29/06/2017, inclusive
Hasta el 17/07/2017, inclusive

NUEVAS FECHAS DE PAGO DEL ANTICIPO 1 DE GANANCIAS, BIENES PERSONALES Y MÍNIMA PRESUNTA PERÍODO FISCAL 2017

Terminación CUIT
Fecha de Vencimiento
         0,1,2 y 3
Hasta el 19/07/2017, inclusive
           4,5 y 6
Hasta el 20/07/2017, inclusive
           7,8 y 9
Hasta el 21/07/2017, inclusive


CARGA MANUAL DE LOS MINIPLANES DE PAGO DE LA RG 4057 - E
Los contribuyentes que deseen solicitar los miniplanes de pago de la RG 4057 para el impuesto a las ganancias y/o el impuesto sobre los bienes personales deberán cargar manualmente el saldo del impuesto correspondiente a la declaración jurada a regularizar, a través de la opción “Agregar Obligación”

Para acceder a un paso a paso, ingresa aquí: Paso a paso Miniplanes Ganancias Bienes Personales
  
COMPENSACIONES
Quienes quieran solicitar compensación de alguna de las obligaciones fiscales de ganancias y/o de bienes personales previamente deberán presentar la declaración jurada que diera origen al correspondiente saldo a favor.


LO QUE NO DICE LA RG Y SE APLICARÁ TAMBIÉN
Pago del saldo anual en defecto: La diferencia entre el pago realizado y el impuesto que surgiese de la declaración jurada posteriormente presentada deberá ingresarse con los correspondientes intereses resarcitorios.

Pago del saldo anual en exceso: Al contrario, en caso de que el pago realizado sea superior al impuesto determinado, el saldo quedará como saldo a favor de libre disponibilidad en cuentas tributarias.


Para leer la RG 4081 ingresa aquí: Resolución General 4081 - E



Comentarios

Entradas populares de este blog

Cómo Solucionar Algunos Errores en el SIAP y Aplicativos de AFIP

1) REINSTALACIÓN DEL SIAP. Para visualizar paso a paso el procedimiento indicado a continuación, podrá acceder a su tutorial presionando aquí. Debe seguir los pasos que se detallan a continuación: 1.- Copiar los archivos AFIP.MDB y AFIP.bak (estos archivos contienen los datos correspondiente a los contribuyentes). Si instaló el S.I.Ap por defecto, la carpeta en donde se encuentra instalado el aplicativo es C:\Archivos de programa\S.I.Ap\AFIP. 2.- Desinstalar el S.I.Ap., desde el "Panel de Control" con la opción "Agregar o Quitar programas". 3.- Instalar el S.I.Ap nuevamente. 4.- Reemplazar los archivos AFIP.MDB y AFIP.bak copiados en el punto 1, en la carpeta en donde está instalado el S.I.Ap. Tenga en cuenta que luego de reinstalar el S.I.Ap, y posteriormente ingresar a algún aplicativo, puede surgir el error 440. Para solucionarlo le pedimos que se siga las siguientes instrucciones: ERROR 440 - ERROR DE AUTOMATIZACIÓN. Debe tener a...

ITC pago a cuenta: Cómo es el cálculo antes y luego de la Reforma de la Ley 27.430

El ITC puede computarse como pago a cuenta en el impuesto a las ganancias y/o en el impuesto al valor agregado en algunas actividades económicas. Dicho computo equivale, antes de la reforma de la Ley 27.430 al 100% del ITC, y desde la entrada en vigencia de las reformas el pago a cuenta será del 45% del ITC. Entre las actividades más usuales que puede aplicarse este pago a cuenta pueden citarse: - Productores agropecuarios (Ganancias e IVA antes de la reforma, solo Ganancias desde la reforma) - Contratistas rurales (Idem productores rurales) - Transporte de cargas (Solo en el impuesto al valor agregado) - Transporte de pasajeros (Idem transporte de cargas) Metodología para determinar el importe del ITC aplicable como pago a cuenta. 1) Antes de la reforma de la Ley 27.430 a) ITC discriminado en la factura Si la estación de servicios discrimina en la factura emitida el ITC se computa directamente ese importe. b) ITC no discr...

MODELOS DE TELEGRAMAS DE EXTINCIÓN DE RELACIÓN LABORAL

1 ) POR ABANDONO DE TRABAJO 1.1) Cursar intimación previa al trabajador "Por motivos de ausentarse sin aviso desde el día......... intimamos reanude tareas en el término de 48 horas, caso contrario se considerar abandono de trabajo. Colaciónese." 1.2) Despido por abandono de trabajo "No habiéndose presentado a trabajar conforme términos telegrama y/o carta documento Nº ..... de fecha ........., consideramos abandono de trabajo y por tanto resuelto por dicha causa contrato de trabajo. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese." 2) POR FALTA DE TRABAJO NO IMPUTABLE A LA EMPRESA "Le informamos que procedemos a prescindir de sus servicios a partir del ....... por falta de trabajo fehacientemente justificada no imputable a la empresa. Liquidación final y certificados a su disposición. Colaciónese." 3) DESPIDO POR REUNIR EL TRABAJADOR LOS REQUISITOS PARA SU JUBILACIÓN. "Estando en condiciones de obtener una de las pre...