La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Monotributo, según lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 3640.
Los contribuyentes podrán consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva a través del servicio "MONOTRIBUTO - EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO" en el sitio web de la AFIP, utilizando su clave fiscal.
Quienes resulten excluidos pueden recurrir dicha exclusión mediante la presentación del recurso de reconsideración previsto en el Artículo 74 del Decreto Nº 1.397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones dentro de los QUINCE (15) días de la publicación de la exclusión en el Boletín Oficial.
El recurso deberá presentarse ante la AFIP mediante transferencia electrónica de datos accediendo al servicio “MONOTRIBUTO - EXCLUSION DE PLENO DERECHO”, opción “Presentación de Apelación Art. 74 Decreto Nº 1397/79”, del sitio “web” http://www.afip.gob.ar, mediante el uso de la “Clave Fiscal” e ingresando los datos requeridos por el sistema.
Al igual que en meses anteriores las exclusiones se producen fundamentalmente por las causales establecidas en los incisos:
a) (Superar los ingresos máximos del monotributo)
k) (el importe de las compras y/ gastos superen el 80 % de los ingresos de las categorías I, J, K, L según corresponda)
Pero comienza a aparecer exclusiones por otro de los incisos, el c): Es decir, no alcanzar la cantidad mínima de empleados que se requieren cuando el contribuyente que vende bienes se encuentra en las categorías J, K, o L.
LISTADO DE MONOTRIBUTISTAS EXCLUIDOS OCTUBRE DE 2017
Para acceder al listado en pdf interactivo (podes buscar por Número de CUIT con ctrl-f) ingresa aquí: Listado Exclusión Monotributo Octubre
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