La RG 3685/2014 establece un régimen de información relativo a las compras y ventas que deberá ser cumplido conforme a los requisitos, plazos y condiciones dispuestos por la presente resolución general.
Recordemos que en su artículo 2 la RG establece los sujetos obligados a presentar dicho régimen de información.
A - SUJETOS OBLIGADOS
Art. 2° — Quedan obligados a actuar como agentes de información de este régimen:
a) Los sujetos que integren la nómina que será publicada por este Organismo en el micrositio http://www.afip.gob.ar/comprasyventas del sitio “web” institucional.
b) Los alcanzados por la Resolución General N° 2.485, sus modificatorias y complementarias, con excepción de los comprendidos por la Resolución General N° 3.067.
c) Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del día 1° de enero de 2014, en adelante.
d) Los sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se encuentren alcanzados por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones previsto en el Apartado A, Título II, de la Resolución General N° 1.361, sus modificatorias y complementarias.
El día viernes la AFIP puso a disposición la versión 1.5 del aplicativo, la cual incluye:
a) La adecuación de los montos s/ art. 8 de la R.G. 4291/18 (eleva el importe desde $ 1.000 a $ 5.000 respecto de la obligación de consignar los datos del cliente consumidor final).
b) Se habilita el campo "Fecha de Vencimiento o de Pago" para los comprobantes de tipo liquidación.
Si no necesitas ninguna de las dos actualizaciones podes seguir presentando con la versión inicial que fue la que menos problemas de funcionamiento presentó.
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