Ir al contenido principal

AFIP, los cambios que se vienen.

El director de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Leandro Cuccioli, anunció los cambios que implementará la AFIP en el corto plazo.




 
 
 
Entre las principales modificaciones pueden citarse:
1) Posibilidad de inclusión de los intereses punitorios en los planes de pago permanentes de la RG 4268.
 
Esta modificación fue implementada en el día de hoy mediante la publicación de la Resolución General 4316 AFIP.
 
 
2) Trámite de Clave Fiscal
La AFIP permitirá a los contribuyentes gestionar íntegramente on line la Clave de Indentificación Tributaria (CUIT) de los niveles 2 y 3 de seguridad. Desde la implementación de esta modalidad el contribuyente no estará obligado a ir a una agencia.
 
"Queremos simplificar la vida de los ciudadanos y el 50% por ciento de la gente que va a la agencia va por el trámite del CUIT y la clave fiscal", expresó el titular de la AFIP.
 
Los cambios se realizarán en dos etapas según comunicó: “primero para la clave fiscal 2 a partir del 5 de octubre y para la clave fiscal 3 las modificaciones se implementarán desde diciembre.
 
"A mitad del año que vine va quedar eliminado el 63% de trámites en las agencias, que se hacen en forma presencial y se va a cambiar todo a la forma digital", explicó el funcionario.
 
 
3) Denuncia anticipada digital de las compras realizadas en el exterior.
La AFIP lanzará una aplicación para que los turistas puedan declarar digitalmente las compras en el exterior, que facilitará los trámites aduaneros.
 
 
4) La AFIP  no publicará más en el Boletín Oficial el listado de los monotributistas excluidos.
Desde el mes de octubre las comunicaciones de las exclusiones solo se realizarán por comunicación enviada al domicilio fiscal electrónico del contribuyente. Las exclusiones del mes de octubre serán comunicadas el día 08/10 y desde el mes siguiente todos los días 1 de cada mes.
 
 
5) Modificación del Código Aduanero.
El titular de la AFIP anunció también que antes de fin de año se enviará al congreso un nuevo proyecto de código aduanero, y señaló que "ojalá que el año que viene pueda discutirse en el Parlamento y esperamos una rápida aprobación porque el actual sistema que data de 1982, necesita muchos cambios".
 
Para consultar todo lo que se anunció ingresa aquí:Cambios AFIP



Comentarios

Entradas populares de este blog

Cómo Solucionar Algunos Errores en el SIAP y Aplicativos de AFIP

1) REINSTALACIÓN DEL SIAP. Para visualizar paso a paso el procedimiento indicado a continuación, podrá acceder a su tutorial presionando aquí. Debe seguir los pasos que se detallan a continuación: 1.- Copiar los archivos AFIP.MDB y AFIP.bak (estos archivos contienen los datos correspondiente a los contribuyentes). Si instaló el S.I.Ap por defecto, la carpeta en donde se encuentra instalado el aplicativo es C:\Archivos de programa\S.I.Ap\AFIP. 2.- Desinstalar el S.I.Ap., desde el "Panel de Control" con la opción "Agregar o Quitar programas". 3.- Instalar el S.I.Ap nuevamente. 4.- Reemplazar los archivos AFIP.MDB y AFIP.bak copiados en el punto 1, en la carpeta en donde está instalado el S.I.Ap. Tenga en cuenta que luego de reinstalar el S.I.Ap, y posteriormente ingresar a algún aplicativo, puede surgir el error 440. Para solucionarlo le pedimos que se siga las siguientes instrucciones: ERROR 440 - ERROR DE AUTOMATIZACIÓN. Debe tener a...

ITC pago a cuenta: Cómo es el cálculo antes y luego de la Reforma de la Ley 27.430

El ITC puede computarse como pago a cuenta en el impuesto a las ganancias y/o en el impuesto al valor agregado en algunas actividades económicas. Dicho computo equivale, antes de la reforma de la Ley 27.430 al 100% del ITC, y desde la entrada en vigencia de las reformas el pago a cuenta será del 45% del ITC. Entre las actividades más usuales que puede aplicarse este pago a cuenta pueden citarse: - Productores agropecuarios (Ganancias e IVA antes de la reforma, solo Ganancias desde la reforma) - Contratistas rurales (Idem productores rurales) - Transporte de cargas (Solo en el impuesto al valor agregado) - Transporte de pasajeros (Idem transporte de cargas) Metodología para determinar el importe del ITC aplicable como pago a cuenta. 1) Antes de la reforma de la Ley 27.430 a) ITC discriminado en la factura Si la estación de servicios discrimina en la factura emitida el ITC se computa directamente ese importe. b) ITC no discr...

MODELOS DE TELEGRAMAS DE EXTINCIÓN DE RELACIÓN LABORAL

1 ) POR ABANDONO DE TRABAJO 1.1) Cursar intimación previa al trabajador "Por motivos de ausentarse sin aviso desde el día......... intimamos reanude tareas en el término de 48 horas, caso contrario se considerar abandono de trabajo. Colaciónese." 1.2) Despido por abandono de trabajo "No habiéndose presentado a trabajar conforme términos telegrama y/o carta documento Nº ..... de fecha ........., consideramos abandono de trabajo y por tanto resuelto por dicha causa contrato de trabajo. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese." 2) POR FALTA DE TRABAJO NO IMPUTABLE A LA EMPRESA "Le informamos que procedemos a prescindir de sus servicios a partir del ....... por falta de trabajo fehacientemente justificada no imputable a la empresa. Liquidación final y certificados a su disposición. Colaciónese." 3) DESPIDO POR REUNIR EL TRABAJADOR LOS REQUISITOS PARA SU JUBILACIÓN. "Estando en condiciones de obtener una de las pre...