Como consecuencia de los problemas iniciales que se han producido en la implementación de la Factura de Crédito Electrónica (FCE) se introducen algunas modificaciones.
Mediante la Resolución 36/2019 de la Secretaría de Simplificación Productiva se establece:
- Se prorroga hasta el 31/12/2020 el plazo de 30 días corridos el plazo para rechazar la FCE, y por ende el plazo desde el cual se puede negociar la FCE (el plazo establecido en la Ley 27.440 es de 15 días)
- El monto mínimo de $ 100.000 se actualizará en forma anual respetando el momento y el porcentaje de aumento, que sobre el tope establecido para la categoría Micro de la Actividad de Servicios.
La presente actualización entrará en vigencia a partir del día 28 de febrero de 2020 y se aplicará a partir del séptimo día hábil posterior a la publicación de la medida que modifique el tope antes citado.
- En el supuesto que existan divergencias entre los comprobantes emitidos e inscriptos en el Registro de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” y los comprobantes que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas entreguen al comprador, locatario o prestatario, se considerarán como válidos, los que obren inscriptos en el referido Registro.
Para leer la Resolución ingresa aquí: Resolución 36/2019 SSP
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