El Comité de evaluación y monitoreo del Programa de Asistencia de emergencia al Trabajo y la Producción realizó nuevas recomendaciones relacionadas con el pago del Salario Complementario. Entre las nuevas recomendaciones merecen destacarse las siguientes: 1) Instituciones de prácticas deportivas Se incorpora en los beneficios del Salario Complementario a los clubes de prácticas deportivas inscriptas bajo el código 931010 “Servicios de organización, dirección y gestión de prácticas deportivas en clubes". 2) Salario complementario. Pluriempleo Se establecen las siguientes reglas de aplicación: (i) El salario complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% de la sumatoria de los salarios netos correspondientes al mes de febrero de 2020. (ii) El resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil, ni superior a la suma equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. (iii) La suma del salari...
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