1) Si realizo más de una actividad y me encuentro alcanzado sólo por una de ellas. ¿Debo emitir comprobantes electrónicos por todas mis operaciones? Si. Si desarrolla alguna actividad prevista en el Anexo I de la RG 3571/13 se deberán emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar todas las operaciones realizadas en el mercado interno. Fuente: Art. 1 RG 3571/13 2) ¿Quiénes se encuentran exceptuados s a emitir sus comprobantes originales en forma electrónica de acuerdo a la RG 3571? Se exceptúa de observar las previsiones de la RG 3571 a aquellos sujetos que: a) Sean notificados conforme al Artículo 2º de la RG 2904, sus modificatorias y complementarias, respecto de su inclusión al régimen especial que la misma establece, quienes deberán cumplir con los plazos y condiciones contenidos en dicha norma. b) Estén comprendidos por el Artículo 5° de la RG 2485, sus modificatorias y complementarias, por realizar algun...
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