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Mostrando entradas de julio, 2013

Fiscalización Electrónica AFIP. Procedimiento Paso a Paso.

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante el dictado de la Resolución General 3416/12 procedió a crear el procedimiento de fiscalización electrónica. Consiste en un procedimiento de control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables de los tributos a cargo de esta Administración Federal que permite al Organismo de Contralor la multiplicación de los cargos de verificación debido a los menores recursos humanos que deben ser afectados al mismo.     1) INICIO DEL PROCEDIMIENTO   El inicio del procedimiento de "FISCALIZACION ELECTRONICA" será notificado por alguna de las vías previstas en el Art. 100 de la Ley 11.683, en el domicilio fiscal del contribuyente. En caso de resultar negativa la notificación en el domicilio indicado en el párrafo precedente, se diligenciará la misma -conforme al procedimiento establecido en el inciso a) del aludido Artículo 100 de la Ley de Procedimiento Tr

Multas AFIP. Cómo reducirlas. Instrucción General 6/2007. Modelo de Multinota.

¿Presentaste fuera de término una Declaración Jurada? ¿No contestaste en tiempo y forma un requerimiento de la AFIP ? ¿Una inspección del Organismo de Contralor derivó en un ajuste a tu cliente?   Las preguntas citadas anteriormente tienen algo en común: todas originan la aplicación de sanciones y multas por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos.   Para establecer pautas objetivas/subjetivas que permitan sistematizar las formalidades de los sumarios a realizar y la cuantificación de las sanciones a aplicar, la AFIP procedió en el año 2007 a emitir la Instrucción General 6/2007.   Es importante resaltar que : a)  Las formalidades y condiciones establecidas en esta instrucción general para la elaboración de los actos administrativos dictados en los expedientes en los que tramita el juzgamiento de infracciones, resultan de cumplimiento obligatorio.   b) Las pautas de graduación, las de atenuación y de agravamiento de la infracción, y las de eximición o reduc

Modelo de Contrato de Trabajo de carácter "Eventual"

    Entre …………….....1……………....CUIT:…………2……….., con domicilio en ……….....3…………………..., representada en este acto por ………………...4……………………..., por una parte, y ………………...5…………………..., domiciliado en ……………….....6……………....., de nacionalidad ....7...., estado civil ....8....,DNI …..9………y CUIL: ......10..., por la otra parte, se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo eventual según lo normado en los artículos 99 y 100 de la Ley de Contrato de Trabajo y quedara sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERO: ........................2…………………….... contrata en forma eventual ……………….....11.............................., para efectuar trabajos de ……………....12…………………..... SEGUNDO: ....4.... percibirá una remuneración …………….....13………………..... de …………………...14……………...TERCERO: ....4.... cumplirá el siguiente   horario ……...15......................... Bajo las cláusulas que anteceden se deja formalizado el presente contrato firmándolo al pie en prueba de conformidad, en dos ejemplares de un mismo

Monotributo Social. ¿Qué es? ¿Cómo Inscribirse?

1) ¿Qué es el Monotributo Social? El Monotributo Social es una categoría tributaria permanente, creada con el objeto de facilitar y promover la incorporación a la economía formal de aquellas personas en situación de vulnerabilidad que han estado históricamente excluidas de los sistemas impositivos y de los circuitos económicos. A partir del reconocimiento de sus actividades y de su inclusión como contribuyentes, trabajadoras y trabajadores están en condiciones de emitir facturas oficiales, acceden a las prestaciones de las obras sociales del Sistema Nacional de Salud tanto para sí como para sus familias, y realizan aportes jubilatorios.   2) ¿Quiénes pueden inscribirse? Las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y que no generen ingresos anuales superiores a  $ 32.196 (treinta y dos mil ciento noventa y seis ).     Pueden inscribirse: Personas físicas mayores de 18 años que real