--> Mediante el Decreto 1472/2013, publicado en el Boletín Oficial del día 23 de Septiembre de 2013, el Gobierno procedió a promulgar la Ley 26.893 modificatoria del Impuesto a las Ganancias y que había sido aprobada por el Congreso de la Nación el día 12 de Septiembre de 2013 Primeras interpretaciones de las principales modificaciones: a) Se grava con el Impuesto a las Ganancias los resultados provenientes de la enajenación de bienes muebles amortizables, acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores, cualquiera fuera el sujeto que las obtenga. Obsérvese que la modificación fue realizada mediante la sustitución del punto 3 del artículo 2 de la Ley, esto implica la gravabilidad en cabeza de la persona física, sin importar que se de el requisito de habitualidad, del resultado de la venta de los bienes detallados en el párrafo anterior, es decir que desde ahora en adelante no solo estarán gravados los resultados de la...
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