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Mostrando entradas de septiembre, 2017

La RG AFIP 4134 – E confirma a Twitter: prórroga recategorización y confirmación de datos del Monotributo

Siguiendo una mala costumbre de los últimos tiempos la AFIP emite la RG con las prórrogas confirmando lo que previamente anuncio vía Twitter. Las prorrogas suelen ser necesarias, por problemas operativos de la página, por cúmulo de tareas en poco tiempo, por normativa no siempre clara, etc, pero las mismas deben ser previstas y publicadas con la suficiente antelación al vencimiento original para que todos puedan hacer una adecuada planificación de las tareas y no concluir a las apuradas la labor y el día del vencimiento se entera que se postergan las obligaciones. Pues bien, mediante la Resolución General 4134 – E la AFIP confirma la prorroga para realizar la recategorización de los contribuyentes monotributistas y la confirmación de categoría para contribuyentes desde la F a la K hasta el día 5 de octubre. Muchachos gracias por la prórroga pero traten de ser un moco más organizados y comunicar las novedades con la debida antelación, se les agradecerá. Atentamen

Régimen de control de facturas. Resolución General AFIP 4132 - E

La Administración Federal de Ingresos Públicos crea el sistema de “alertas tempranas” con la intención de detectar y bloquear las usinas generadoras de comprobantes apócrifos. Mediante la Resolución General 4132 – E se establece que desde el 1 de octubre se activará el cruzamiento de datos fiscales y bancarios de todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado y en caso de detectarse inconsistencias los contribuyentes serán bloqueados de la posibilidad de emitir facturas clase “A” debiendo emitir comprobantes clase “M”. Recordemos que este tipo de comprobante implica que los clientes al realizar el pago de los mismos se encuentran obligados a retener el 100% del impuesto al valor agregado y el 3% en concepto del impuesto a las ganancias. Según trascendidos del organismo de contralor, en esta primera instancia, habría 500 contribuyentes ya identificados que desde el 1 de octubre serán “sancionados” mediante este sistema y deberán comenzar a emitir fact

Regularización de obligaciones previsionales. Resolución General AFIP 4128-E

La Administración Federal de Ingresos Públicos establece mediante la Resolución General 4128 – E el procedimiento opcional para la cancelación de las obligaciones provisionales cuando las mismas traben el otorgamiento de créditos bancarios en función de la obligación que tienen las entidades bancarias de requerir a los  empleadores antes de otorgar el crédito el libre deuda provisional, todo ello en función de lo establecido en el artículo 12 de la ley 14.499. Principales modificaciones. NUEVO ROL CON CLAVE FISCAL PARA ENTIDADES FINANCIERAS Las entidades financieras para verificar la inexistencia de deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social con relación a los solicitantes de préstamos deberán ingresar al servicio denominado “Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales”. Si como resultado de dicha consulta surge que existen deudas, la entidad financiera notificará tales incumplimientos al solicitante del préstamo, co

Monotributo: ¿Qué dos controles de gastos y/o compras deben realizarse para analizar la recategorización o exclusión del contribuyente?

Existen dos tipos de gastos y/o compras  que deben ser tenidos en cuenta 1) Gastos y/o compras vinculadas vinculadas con su actividad gravada, deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 20 inciso k) de la ley del monotributo k) El importe de las compras más los gastos inherentes al desarrollo de la actividad de que se trate, efectuados durante los últimos doce (12) meses, totalicen una suma igual o superior al ochenta por ciento (80%) en el caso de venta de bienes o al cuarenta por ciento (40%) cuando se trate de locaciones y/o prestaciones de servicios, de los ingresos brutos máximos fijados en el artículo 8 para la Categoría I o, en su caso, J, K o L, conforme a lo previsto en el segundo párrafo del citado artículo. (1) Observe que se hace mención a los ingresos brutos máximos de determinadas categorías (según sean las características del contribuyente) y no a la categoría en la que el contribuyente se encuentra inscripto. Del total de compras y gastos deberá detraerse el

Medios de pago de la ley 27.253. ¿Es obligatorio aceptar los pagos con Tarjeta de Crédito?

En su cruzada contra la utilización del efectivo el Gobierno Nacional ha establecido la obligación de que los contribuyentes acepten distintos medios de pago bancarizados. Por su parte la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la RG 3997 – E estableció el cronograma de aplicación de dicha obligatoriedad para todos los contribuyentes. En el nuevo formulario 960/D se encuentran, entre los distintos medios de pago que el contribuyente debe indicar que son aceptados en su negocio, las tarjetas de crédito, pero ¿es obligatorio que el contribuyente deba aceptar como medio de pago la tarjeta de crédito? No. En función de lo establecido en el artículo 10 de la ley 27253 y en el artículo 1 del Decreto 858 los medios de pagos que obligatoriamente debe aceptar el comerciante son: a) tarjetas de débito, b) tarjetas prepagas no bancarias (son aquellas tarjetas utilizadas para la acreditación exclusiva de beneficios asistenciales o de la seguridad

Para el Gobierno hay muchos Monotributistas ¿Se vienen exclusiones masivas?

El subsecretario de Ingresos Públicos, Andrés Edelstein, advirtió que hay “inconsistencias” en el régimen de pequeños contribuyentes. Según el ministerio de Hacienda, de los 3,2 millones de anotados en el régimen “una cantidad importante” no deberían estar allí sino ser autónomos. El Régimen simplificado (monotributo) se ha desvirtuado de la concepción inicial que tenía al momento de la creación. De eso nadie tiene dudas. Por lo tanto ayer, el gobierno reconoció ayer oficialmente que los adherentes al régimen del monotributo están en la mira de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP); y que se profundizará la fiscalización en el régimen para determinar quién puede continuar anotado y quién será excluido. Por medio del subsecretario de Ingresos Públicos, Andrés Edelstein, advirtió ayer que "muchos" contribuyentes que están registrados como monotributistas "no deberían estar en esa condición porque registran inconsistencias con el régimen. "Hay

Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE). Prórroga. RG AFIP 4120 - E

La Administración Federal de Ingresos Públicos establece una prórroga en la entrada en vigencia de uno de los tantos engendros generados en los últimos tiempos: el TIRE. Este Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas tiene infinidades de inconvenientes y resulta en algunos casos de imposible cumplimiento, probablemente porque sus ideólogos y desarrolladores deben conocer tanto de explotaciones agropecuarias como nosotros del origen de la vida. Como no podía ser de otra manera este régimen creado un día y aplicable desde el otro tiene una prórroga pero luego de más de un mes en que se encuentra en vigencia, aunque últimamente ya no hay nada que nos sorprenda. El TIRE será aplicable desde el 1 de noviembre de 2017. Nada más que decir. Texto de la Resolución General 4120 - E ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4120-E Procedimiento. Operaciones de explotación de tierras rurales por cuenta propia o de terceros usufructuarios. “Registro Fiscal de Ti

Monotributo. Recategorización. Nuevos importes. Resolución General AFIP 4119 - E

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, mediante la publicación de la Resolución General 4119 - E que las modificaciones según los dos últimos índices de movilidad en las escalas y cuotas mensuales del Monotributo resultarán de aplicación desde el 1 de enero de 2018. Esta actualización comprende los nuevos montos máximos de facturación, alquileres devengados, impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a cada categoría, surgidos de la actualización anual prevista en la ley de Monotributo. Cuando AFIP determine finalmente los nuevos importes procederá a comunicarlo a los contribuyentes a través del portal exclusivo para monotributistas y en la aplicación móvil "Mi Monotributo". Estos nuevos parámetros serán tomados en cuenta para la recategorización, del cuatrimestre septiembre – diciembre que se realiza en enero de 2018. Texto de la Resolución General 4119 -E ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resol

Listado de Exclusión de pleno derecho del Monotributo de Septiembre de 2017

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Monotributo, según lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 3640. Los contribuyentes podrán consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva a través del servicio "MONOTRIBUTO - EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO" en el sitio web de la AFIP, utilizando su clave fiscal.  Quienes resulten excluidos pueden recurrir dicha exclusión mediante la presentación del recurso de reconsideración  previsto en el Artículo 74 del Decreto Nº 1.397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones dentro de los QUINCE (15) días de la publicación de la exclusión en el Boletín Oficial. El recurso deberá presentarse ante la AFIP mediante transferencia electrónica de datos accediendo al servicio “MONOTRIBUTO - EXCLUSION DE PLENO DERECHO”, opción “Presentación de Apelación Art. 74 Decreto Nº 1397/79”, del sitio

Más de 15 ofrecimientos diferentes de trabajo para Contadores y Estudiantes de Contador.

En el presente artículo te detallamos, en resumen, los ofrecimientos de empleo para Contadores y Estudiantes de Contador que las empresas y/o estudios contables publicaron en nuestro grupo de facebook: Red laboral para Contadores y Estudiantes de Contador. Estas son los ofrecimientos laborales de esta semana. ANALISTAS CONTABLES JUNIOR Y ASISTENTES CONTABLES 1) ¡Se busca ANALISTA CONTABLE JR! Se busca estudiante avanzado de la carrera de Contador Púbico para el sector CONTABLE. Las principales tareas serán la realización de caga de facturas, asientos contables, conciliaciones bancarias, análisis de clientes y proveedores y asistencia al equipo. Se valorarán perfiles que cuenten con experiencias laborales afines y que sean proactivos en la búsqueda de nuevos aprendizajes y progreso profesional. Lugar de trabajo: San Nicolás, Capital Federal. (Zona Facultad de Ciencias Económicas) Jornada laboral: Lunes a Viernes de 9 a 18hs. Envianos tu CV indicando remuneración pretendida a je