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Mostrando las entradas etiquetadas como Declaración jurada y pago del impuesto cedular de Ganancias

AFIP simplifica la presentación y pago del Impuesto Cedular

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará dos nuevas opciones para simplificar la presentación y el pago del impuesto sobre la renta financiera surgido de la reforma tributaria.       En primer término, los ahorristas que hayan percibido hasta $200.000 de rentas el año pasado podrán generar un volante electrónico de pago (VEP) en cuatro pasos sin la necesidad de presentar una declaración jurada. Cabe recordar que el impuesto se aplica a los intereses obtenidos por más de $66.917,91.   La resolución general 4488/2019, que explicará cómo utilizar este mecanismo, se publicará mañana en el Boletín Oficial.   La segunda opción, que regirá para todos los contribuyentes, es una declaración jurada simplificada en la que solamente se deberá declarar cada tipo de inversión en forma abreviada. Por ejemplo, en un solo renglón se informarán los rendimientos del año 2018 de todos los plazos fijos que pueda haber tenido un contribuyente.   ...

Ganancias. Declaración Jurada y Pago del Impuesto Cedular. Resolución General 4468 AFIP

La AFIP estableció las formalidades que deben cumplir los contribuyentes para realizar la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular sobre los rendimientos financieros de instrumentos de inversión y el resultado producido por la compra venta de valores, inmuebles y derechos de inmuebles. Mediante la RG 4468 se establece: 1) PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA La declaración jurada determinativa del impuesto cedular solo deberá presentarse cuando la misma arroje impuesto determinado. Cuando se trate de la presentación de la declaración jurada determinativa del impuesto cedular por rendimientos de valores financieros y/o por enajenación de los mismos los contribuyentes serán dados de alta de oficio en dicho gravamen, es decir que no se requiere inscripción por parte del contribuyente en el impuesto. La declaración jurada deberá realizarse utilizando el servicio informático denominado “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado”. 2) PAGO DEL IMPUESTO ...