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Mostrando las entradas etiquetadas como Monotributo

Monotributo. Ganancias. Beneficio contribuyentes cumplidores. RG 4855 AFIP

Luego de varios meses la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a reglamentar los beneficios para contribuyentes cumplidores establecidos en la ley 27.562, cuya fecha de publicación fue el 26/08/2020. Principales puntos para tener en cuenta CONDICIONES A CUMPLIMENTAR PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS a) Poseer domicilio fiscal electrónico constituido (incluyendo la declaración de correo electrónico y un número de teléfono celular) b) Domicilio fiscal actualizado. c) Tener actualizado el código de la actividad desarrollada. d) Encontrarse adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y/o inscriptos en el impuesto a las ganancias a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.562 y al momento de la solicitud del correspondiente beneficio. e) Haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas determinativas e informativas, a las que hubiera estado obligado el contribuyente, correspondientes a los períodos fiscales iniciados a partir del...

Préstamos a tasa 0% para monotributistas y autónomos. Resolución General 4707 AFIP

Se reglamentó el procedimiento para que los monotributistas y trabajadores autónomos puedan solicitar los préstamos a tasa 0%. Mediante la RG 4707 se estableció que: 1) La creación del servicio “web” denominado “Crédito Tasa Cero”. Para poder acceder a dicho servicio los contribuyentes deben poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido. 2) Quienes quieran acceder a los préstamos deberán: a) Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”. b) El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado. c) Ingresar el importe del crédito que solicita. d) Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria. e) En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente. 3) La AFIP informará al BCRA lo siguiente: a) El crédito susceptible de ...

Cómo se solicitarán los préstamos a tasa 0% para los monotributistas.

La AFIP definió ayer el mecanismo de obtención de los créditos tasa cero. Luego de todas las consultas ayer de los interesados en obtenerlo, ya que ayer era el día que teóricamente comenzaba a funcionar, la Administración Federal de Ingresos Brutos anunció que será a partir de la semana que viene y cómo deberán hacerlo. Monotributistas y autónomos tienen que ingresar la semana que viene a la página de la AFIP para iniciar el trámite. Encontrarán una solapa donde se indica “créditos a tasa cero”, donde entrando se puede verificar si se es apto para recibirlo o no. El sistema filtrará al monotributista según categoría (de la A a la K) y constatará que se cumplan las condiciones. Solo será posible para aquellos que: ·          no tengan otro empleo en relación de dependencia, sean jubilados o sean proveedores del estado. ·          No estén encuadrados en situación crediticia ...

La semana que viene estarán disponibles los préstamos tasa 0 % para monotributistas.

Teóricamente hoy era la fecha para que monotributistas y autónomos comenzaran a solicitar sus créditos a tasa cero, pero no será así. La incertidumbre empezó a la mañana y fue creciendo en el transcurso de las horas, ya que ante las consultas de los clientes, los bancos no tenían la reglamentación ni la información de la AFIP. Finalmente, la AFIP informó que los créditos recién estarán disponible la semana que viene. El trámite se inicializa en la página de la AFIP, ingresando al sitio con clave fiscal. Paso siguiente, si el contribuyente esta habilitado, se completa el CBU y los datos van al BCRA quién se encarga de enviar la información a los bancos para que acrediten el dinero en las tarjetas de créditos. Una vez solicitado, por el sitio web de la entidad financiera que cada uno tenga, debe ser aprobado en 48 horas.  El monto aparecerá directamente reflejado en la tarjeta de crédito del beneficiario y será de un 25% de la facturación anual de la categoría en que este i...

El BCRA estableció el trámite para solicitar los préstamos a tasa 0% para monotributistas y autónomos

El Banco Central mediante la comunicación A6993 definió como deberán actuar las entidades financieras ante las solicitudes de créditos a tasa de interés cero que presenten los monotributistas y trabajadores autónomos. La primera definición importante a tener en cuenta es que estos préstamos a tasa 0% las entidades financieras deberán verificar el listado de beneficiarios que de a conocer la AFIP. Hasta el día de la fecha la AFIP no ha establecido el procedimiento que deben seguir los monotributistas y/o autónomos para poder darse de alta y que sean aprobados por el organismo de contralor para que puedan resultar beneficiarios de los préstamos. Para aquellos que resulten aprobados por la AFIP los bancos no podrán solicitar ningún elemento adicional debiendo otorgar los préstamos en todos los casos. En el listado que aprobará la AFIP también se establecerá el monto máximo que podrán solicitar quienes resulten beneficiarios. Desde el momento de presentac...

Requisitos a cumplir para poder solicitar los Préstamos a tasa 0% para monotributistas y autónomos

Mediante el Acta Nº 4 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción se establecieron los requisitos que deben cumplir los monotributistas y autónomos para poder obtener los préstamos a tasa 0%. Estos préstamos serán acreditados en las tarjetas de crédito del   beneficiario, en tanto que el importe acreditado no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000. También se estableció que el préstamos será acreditado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas". Los requisitos para poder acceder al préstamos son los siguientes - No recibir el beneficio del IFE (Ingreso Familiar de Emergencia), en relación a los monotributistas de las Categorías A y B que podían solicitar y recibir el subsidio de $ 10.000. - No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, debiendo consider...

Se suspenden las exclusiones de pleno derecho del Monotributo. Resolución General AFIP 4600

¿Qué produce el cóctel de época de crisis y época electoral? Medidas como la que hoy ha tomado la AFIP, la suspensión de la exclusión de pleno derecho del monotributo. Mediante la RG 4600 se dispone que dichas exclusiones quedan suspendidas hasta el 29 de febrero de 2020 Aquí el texto de la Resolución General ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4600/2019 RESOG-2019-4600-E-AFIP-AFIP - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Exclusión de pleno derecho. Resolución General N° 4.309 y su modificatoria. Norma complementaria. Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2019 VISTO el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, y la Resolución General Nº 4.309 y su modificatoria, y CONSIDERANDO: Que dada la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país, el Poder Ejecutivo ha encomendado a esta Administración Federal la adopción de medidas tendientes a amortiguar su ...

Hoy vence el plazo para tener al día el monotributo del 2019 y no pagar en septiembre

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la RG 4556 estableció los requisitos para que los contribuyentes monotributistas puedan gozar del beneficio de no ingresar el componente impositivo del mes de septiembre. Mediante la RG citada establece que para ello los contribuyentes deben tener, al día 21/08/2019 pagos todas las obligaciones correspondientes al año 2019, o bien incluidas las mismas en un plan de pago. También estableció la modalidad de ingreso del mes de septiembre para aquellos que paguen por caja,   deberán indicar que no les corresponde abonar el componente impositivo (Impuesto 20), a fin de que la entidad consigne “CERO PESOS” ($ 0) en dicho componente. En el supuesto que la citadas entidades no tengan habilitada en sus sistemas de cobro la posibilidad de consignar importe “CERO PESOS” ($ 0) en el componente impositivo, los pequeños contribuyentes podrán utilizar el volante de pago formulario F. 155 –uno por cada obligación-. Texto de la R...