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Mostrando entradas de enero, 2017

SIPER La AFIP habilitó la consulta de la Calificación de los Contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”, a través del cual se califica a los contribuyentes, de acuerdo con el grado de cumplimiento de sus obligaciones fiscales formales o materiales. El sistema según el comportamiento fiscal del contribuyente asigna una categoría que va desde la A hasta la E y que representa desde muy bajo riesgo fiscal a muy alto riesgo fiscal. - Categoría A: Muy bajo - Categoría B: Bajo - Categoría C: Medio y nuevas altas - Categoría D: Alto - Categoría E: Muy alto Para consultar la categoría del contribuyente hay que ingresar con clave fiscal al servicio “sistema registral”, seleccionar “trámites” y luego ingresar en “SIPER”     Inmediatamente el sistema mostrara la última categoría asignada al contribuyente. A portarse bien amiguitos

Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) Resolución General 3985 – E AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos actualiza el sistema informático denominado “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”, destinado a exteriorizar diferentes categorías de contribuyentes y/o responsables inscriptos ante dicho Organismo de acuerdo con el grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales y con el objetivo de establecer procedimientos diferenciales relacionados con la administración de los tributos y los recursos de la seguridad social. Puntos principales de la RG SIPER Se aprueba, en el ámbito del “Sistema Registral”, el nuevo sistema informático denominado “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” a efectos de categorizar a los contribuyentes y/o responsables, de acuerdo con el grado de cumplimiento de sus obligaciones fiscales formales y/o materiales. El sistema reflejará la categoría asignada al contribuyente y/o responsable para cada mes calendario y que se podrá consultar en el servicio “Sistema Registral” opción “Trámites/SIPER”. CATEGORÍAS DE

Modificaciones al Monotributo. Resolución General AFIP 3982 - E

La Administración Federal de Ingresos Públicos reglamento la implementación de los cambios en el Régimen Simplificado (Monotributo) introducidos por la Ley 27346. Mediante la Resolución General 3982 - E se establece lo siguiente: RECATEGORIZACIÓN DE OFICIO La AFIP efectuará la conversión de oficio de los contribuyentes adheridos al monotributo al día 31 de diciembre de 2016 a las nuevas categorías. Dicha categorización se caracterizara por incluir a los contribuyentes en una categoría mas baja que la que tributaban hasta el 31/12/2016. No se efectuará conversión de oficio a las sociedades comprendidas en el Régimen Simplificado, excepto las que se encontraban encuadradas en las categorías I y L, como tampoco a sus integrantes. NUEVAS INSCRIPCIONES Quienes adhieran al monotributo desde enero de 2017 deberán considerar los nuevos parámetros. IMPORTES A PAGAR DESDE ENERO 2017 Los pequeños contribuyentes deberán ingresar a partir del mes de enero de 2