La Administración Federal de Ingresos Públicos realiza adecuaciones relacionadas con las formalidades que deben cumplimentar las personas jurídicas en el impuesto a las ganancias. Mediante la Resolución General 4626 se establece: - Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias mediante el programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 16.0” o la versión que se apruebe en el futuro. - Se mantiene la obligación de presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor del respectivo período fiscal, debidamente certificados por contador público independiente y con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad que ejerce el control de su matrícula, en formato “.pdf”. - Se deroga la presentación del informe para fines fiscales, es decir el formulario F-760 o F-780. - Se derogan las Resoluciones Generales Nº 3.077, N° 4.060, Nº 4.337, Nº 4.348 y N° 4.363, no obstante su apl...
Blog contable impositivo.