La Administración Federal de Ingresos Públicos reglamentó mediante la Resolución General 3958 la aplicación del Decreto 1253/2016 de exclusión parcial o total del Impuesto a las ganancias a la segunda cuota del sueldo anual complementario Las disposiciones y aclaraciones vertidas en el Decreto están en sintonía con nuestra interpretación de dicho Decreto y que habíamos anticipado por este medio. 1) El incremento de la deducción especial no podrá exceder el importe de la ganancia neta correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2016 (algunos colegas intentaban extender los 15.000 hacia otros conceptos) 2) El beneficio mencionado en el artículo anterior, no obsta a que el empleador efectúe, cuando corresponda, la detracción del impuesto a las ganancias por otros conceptos sujetos al impuesto. 3) En los casos en que la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario hubiera sido abonada a la fecha de publicación del Decreto se de...
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