La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los importes mínimo no sujetos a retención del impuesto a las ganancias de la RG 830. Mediante la RG 4245, que tiene vigencia para los pagos que se realicen desde el mes de junio de 2018, también se actualizan los importes mínimos de las retenciones. En este sentido cuando resultara un importe a retener inferior a $150, no corresponderá efectuar retención. En el caso de alquileres de inmuebles urbanos el importe mínimo se elevará a $ 650. Para consultar los nuevos mínimos ingresa aquí: Mínimos no sujetos a retención. RG 830 Texto de la RG ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4245 Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención para determinadas ganancias. Resolución General Nº 830, sus modificatorias y sus complementarias. Su modificación. Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2018 VISTO la Leyes Nros. 27.346 y 27.430, y ...
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