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Mostrando entradas de diciembre, 2017

AFIP estableció las fechas de vencimientos del año 2018.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el calendario fiscal de vencimientos para el año 2018, correspondientes a los impuestos que se encuentran bajo su control y fiscalización.   El calendario fue establecido mediante el dictado de la Resolución General 4172 – E.   Entre las modificaciones más importantes que trae esta RG respecto de los vencimientos de años anteriores pueden destacarse: a) La unificación de los vencimientos de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales de las personas humanas en el mes de junio.   b) El vencimiento de la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto al valor agregado agrupados en tres días cuando históricamente los vencimientos se distribuían en el lapso de cinco días.   Para bajar y/o consultar las fechas de vencimiento del año 2018 ingresa aquí: AFIP Calendario de vencimientos 2018

Convenio Multilateral. Vencimientos 2018.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral estableció, mediante la publicación de la Resolución General 16/2017 las fechas de vencimientos para la presentación y pago de los anticipos mensuales (CM   03) y de la declaración jurada anual (CM 05) del impuesto sobre los ingresos brutos.     FECHA DE VENICIMIENTOS SEGÚN TERMINACIÓN Nº CUIT Anticipos 0 a 2 3 a 5 6 a 7 8 a 9 Enero 15/02/2018 16/02/2018 19/02/2018 20/02/2018 Febrero 15/03/2018 16/03/2018 19/03/2018 20/03/2018 Marzo 16/04/2018 17/04/2018 18/04/2018 19/04/2018 Abril

Nuevos Planes de Pago para Monotributistas Excluidos. Resolución General AFIP 4166-E

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante el dictado de la Resolución General 4166-E establece un nuevo plan de pago al que podrán adherirse todos aquellos contribuyentes monotributistas que resultasen excluido de dicho régimen.       Es bien sabido por todos que cada vez que se produce una exclusión retroactiva de un contribuyente el pasivo que dicha exclusión genera suele ser muy significativo y difícil de poder abonar por parte de los contribuyentes.   Es por este motivo que la AFIP crea este nuevo tipo de plan de pagos.   Lo que también debería comenzar a aceptar el organismo de contralor y cambiar su postura férrea y obstinada es la aceptación del cómputo del crédito fiscal contenido en las facturas B que el contribuyente tenga del período en que se produjo la exclusión y admitir que en el caso de ventas realizadas a consumidores finales el débito fiscal se encuentra implícito en el importe vendido.   Estas dos situaciones no aceptadas por fisco, han recibido

Listado de Exclusión de pleno derecho del Monotributo de Diciembre de 2017

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Monotributo, según lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 3640. Los contribuyentes podrán consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva a través del servicio "MONOTRIBUTO - EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO" en el sitio web de la AFIP, utilizando su clave fiscal.  Quienes resulten excluidos pueden recurrir dicha exclusión mediante la presentación del recurso de reconsideración  previsto en el Artículo 74 del Decreto Nº 1.397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones dentro de los QUINCE (15) días de la publicación de la exclusión en el Boletín Oficial. El recurso deberá presentarse ante la AFIP mediante transferencia electrónica de datos accediendo al servicio “MONOTRIBUTO - EXCLUSION DE PLENO DERECHO”, opción “Presentación de Apelación Art. 74 Decreto Nº 1397/79”, del sitio “web”