Convenio Multilateral. Desde enero se deberán aplicar los nuevos coeficientes (cuando se pueda). RG 10/2019
En lo que representa un importante cambio en la metodología de asignación de los ingresos en el convenio multilateral la comisión arbitral estableció, mediante la Resolución General 10/2019, que aquellos contribuyentes que se encuentren en una situación que les permita aplicar, desde la declaración jurada del mes de enero, los nuevos coeficientes unificados, deben hacerlo de forma obligatoria. Es decir, que la disposición afecta fundamentalmente a aquellos contribuyentes, personas jurídicas, cuyos cierres del ejercicio fiscal sean entre los meses de enero a agosto, quizás hasta septiembre, los cuales por tener la obligación de tener aprobado en el mes de enero los estados contables correspondientes al período anterior deberían comenzar a aplicar desde el devengado enero los nuevos coeficientes unificados, para el resto continuará vigente la obligación de aplicarlos desde el devengado abril. Texto de la Resolución General 10/2019 COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18....