Este 31 de mayo vence el plazo para realizar la “Recategorización Anual” de los trabajadores autónomos mediante la cual dichos trabajadores deben modificar su categoría de revista si sus ingresos del año anterior así lo determinan. 1) ¿Qué períodos debo considerar para recategorizarme? Deberá considerar los ingresos brutos obtenidos durante el año calendario inmediato anterior. 2) ¿Cómo debo efectuar la recategorización anual? Deberá ingresar a través de la página Web de la AFIP al servicio con clave fiscal, "Sistema Registral", "Registro Tributario/Empadronamiento/Categorización de Autónomos". 3) ¿Qué implica no realizar la recategorización anual? La falta de recategorización anual implica la ratificación de la categoría declarada con anterioridad. 4) ¿A partir de qué momento tienen efectos las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual? Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual, tendrán ef...
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