El objeto del programa es capacitar y financiar a los emprendedores que pretendan iniciar proyecto o potenciar uno existente con grado de desarrollo incipiente.
La asistencia técnica la darán las incubadores y la asistencia financiera el Estado.
Para poder participar hay que cumplir con los siguientes requisitos:
a) No estar en mora con las obligaciones impositivas y de la seguridad social.
b) No encontrarse en procese de concurso o de quiebra
c) No encontrarse sometido a un proceso judicial en el marco de la posible comisión de delito
d) No sean integrantes del Estado
Hay dos categorías de proyectos:
1) Emprendimientos productivos: Son aquellos cuyo modelo de negocio posea un componente innovador y busquen generar impacto económico. No pueden contar con una antigüedad mayor a los 12 meses.
2) Emprendimientos productivos con impacto social: Se agrega que el proyecto genere impacto social, en este caso la antigüedad de los emprendedores debe ser menor a los 48 meses.
Actividades económicas que se pretende priorizar:
a) Industria electrónica y de aplicaciones informáticas (incluyendo sofá embebido, equipamiento electrónico y todos aquellos objetos cotidianos que posean conexión con Internet)
b) Industria del sofá
c) Elaboración productos químicos.
d) Tecnología destinada a la salud de las personas
e) Tecnologías relacionadas con Energías alternativas y/o renovables
f) Tecnología industrial
g) Utilización de residuos
h) Tecnología de la información y comunicación.
Otras actividades permitidas
1) Industria textil
2) Industria aeronáutica
3) Industria naval
4) Industria alimenticia
5) Industrias culturales
6) Industrialización de cultivos regionales
7) Industria de la madera
8) Industria de la pesca y la acuicultura
9) Minería baja escala
10) Servicios industriales
Modalidad de financiamiento
Se otorgará al proyecto seleccionado asistencia financiera en concepto de préstamo, el que no devengará intereses ni gastos de otorgamiento.
El importe del préstamo será entre $ 50.000 (mínimo) y $ 150.000 (máximo) y tendrá como destino sólo los siguientes conceptos:
1) Activos fijos: maquinarias, equipos, mobiliarios y obras civiles edilicias (estas sólo hasta el 20% de la asistencia financiera). No inmuebles ni rodados.
2) Activos intangibles: patentes y marcas
3) Capital de trabajo (insumos, materia prima, mano de obra mercerizada, servicios profesionales, este último sólo hasta el 35% de la asistencia financiera)
4) Gastos de certificaciones y legalizaciones: hasta la suma de $ 5.000
Etapas del programa
Etapa 1 - Presentación de la propuesta
Dentro del plazo de vigencia de la convocatoria los emprendedores deberán presentar la propuesta mediante el formulario de solicitud a través del sitio web: www.producción.gob.ar y se agregará un video de hasta 3 minutos con una presentación breve y concisa de la propuesta.
En dicha oportunidad se seleccionara una de las incubadoras.
La incubadora determinará si la propuesta es admisible o no en un plazo no mayor a los cinco días hábiles de recibido el formulario de solicitud.
Etapa 2 – Presentación del plan de negocios
En caso de que la propuesta sea aceptada se le requerirá al emprendedor la presentación del plan de negocios mediante la remisión por Internet del formulario de Plan de Negocios (dentro de los 15 días hábiles de recibida la aprobación de la propuesta).
Etapa 3 - Preselección de proyectos
La incubadora realizará la evaluación del proyecto y comunicará a la Secretaría los proyectos que hayan sido preseleccionados.
Etapa 4 – Selección de los proyectos
El comité de selección de proyectos será el encargado de realizar la evaluación de los proyectos preseleccionados.
En base a dicha evaluación elaborará el correspondiente orden de mérito y fijara el número de orden de mérito del proyecto.
Etapa 5 – Otorgamiento de la asistencia financiera
La selección definitiva será realizada por la Secretaría y comunicada a los emprendedores.
Etapa 6 – Presentación de documentación
Los emprendedores seleccionados deberán presentar a la incubadora dentro de los 15 días hábiles de recibida la aprobación:
a) Formulario de solicitud debidamente firmado
b) Formulario de plan de negocios debidamente firmado
c) Contrato de asistencia técnica y financiera suscripto entre el emprendedor y la incubadora, tres ejemplares con firma certificada.
Personas físicas
a) DNI
b) CUIT
c) CV
d) DDJJ indicando que no se encuentran alcanzados por exclusiones
e) Copia de la primer factura emitida (si tuviesen facturación)
Persona jurídica
a) Estatuto y su inscripción
b) Acta de designación de autoridades
c) DNI integrantes dirección
d) CUIT
e) Copia de la primer factura emitida (si tuviesen facturación)
f) DDJJ indicando que no se encuentran alcanzados por exclusiones
Etapa 7 – Desembolso de la asistencia financiera
El desembolso de la asistencia financiera será realizado en la cuenta bancaria del emprendedor dentro del plazo de 60 días hábiles desde el perfeccionamiento del Convenio.
Etapa 8 – Plazo de inversión de la asistencia financiera
La misma es de 6 meses desde la fecha de recibida la transferencia financiera.
Etapa 9 – Rendición de cuentas
Vencido el plazo de inversión el emprendedor tendrá 30 días hábiles para realizar la rendición de cuentas, mediante el formulario de Rendición de Cuentas, certificación de Contador Público y copias de los comprantes que acrediten el gasto.
Etapa 10 – Devolución de la asistencia financiera
La devolución de la asistencia financiera se realizará luego de aprobada la rendición de cuentas.
La misma tendrá un año de gracia y la devolución se realizará en un plazo de tres años según el siguiente esquema
Cuota 1
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Cuota 2
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Cuota 3
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Cuota 4
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Total anual
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Año 1
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7,00%
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7,00%
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7,00%
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7,00%
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28,00%
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Año 2
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8,00%
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8,00%
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8,00%
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8,00%
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32,00%
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Año 3
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10,00%
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10,00%
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10,00%
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10,00%
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40,00%
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