Si bien todavía no se encuentra publicada la correspondiente Resolución General varios medios de comunicación informan que la AFIP decidió modificar la Resolución General 4289 extendiendo el plazo de acogimiento a la misma, ampliando los conceptos que pueden incluirse en la misma.
Las modificaciones que se realizarán son las siguientes:
1) La nueva fecha de vencimiento para la consolidación y presentación de los planes de pago de la RG 4289 será el 31 de diciembre (antes 31 de octubre).
2) Se podrán regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de septiembre de 2018 (antes 30 de junio de 2018).
3) Se permitirá la inclusión de los pasivos originados en las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2017 (antes se estas obligaciones se encontraban excluidas).
4) Por otra parte se continuará manteniendo los planes de pago permanentes establecidos por la Resolución General 4268, pero se permitiría reformular los planes que de ésta RG que incluyan deudas cuyo vencimiento haya operado hasta el 30/09/2018.
En los próximos días se publicará la RG con todas las modificaciones.
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