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Préstamo tasa 0%. Procedimiento para solicitarlo. Resolución General 5058/2021 AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución General 5058 establece el procedimiento para solicitar los préstamos (por más que ellos le llamen crédito nosotros sabemos si lo debes es un préstamo) a tasa 0% para los contribuyentes monotributistas.



POR DONDE SOLICITAR LOS PRÉSTAMOS TASA 0%

La solicitud debe ser presentada ingresando al servicio, con clave fiscal, “Crédito Tasa Cero”,

 

REQUISITOS PARA PODER PRESENTAR LA SOLICITUD

Será requisito tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

 

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LOS PRÉSTAMOS TASA 0%

a) Ingresar hasta el 31 de diciembre de 2021 al servicio “web” “Crédito Tasa Cero”.

 

b) Ingresar el importe del crédito que solicita. A tal efecto, el sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado, en función de la categoría en la que el pequeño contribuyente se encontraba encuadrado al 30 de junio de 2021.

 

c) Informar una dirección de correo electrónico de contacto.

 

d) Seleccionar la entidad bancaria a ser utilizada para la tramitación del crédito solicitado.

 

En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

 

SOLICITUD ANTE EL BANCO

Los pequeños contribuyentes podrán tramitar la solicitud del “Crédito a Tasa Cero 2021” ante la entidad bancaria seleccionada hasta el 20 de enero de 2022, inclusive.

En caso de que el monotributista tenga un saldo impago del anterior préstamo a tasa 0%, el banco realizará, en el mismo momento del desembolso del importe del crédito, la cancelación del monto adeudado por el beneficio de “Crédito a Tasa Cero” en nombre del contribuyente, quien podrá gozar libremente del saldo remanente.

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