La AFIP establece nuevas excepciones en la obligatoriedad de la presentación del libro IVA ventas y del libro IVA compras a través del Portal IVA Mediante la Resolución General 5133/2021 se exceptúa de la obligación de los libros de IVA digitales a los siguientes sujetos - Los canillitas (que desarrollen -como única actividad registrada y vigente en el Sistema Registral- la actividad de “Venta al por menor de diarios y revistas”, código 476120. - Las cooperadoras escolares - Los centros de jubilados y pensionados - Bomberos Voluntarios - Comunidades aborígenes - Cooperadoras de hospitales - Bibliotecas populares - Asociaciones de padres - Comedores comunitarios. Estos sujetos quedan automáticamente exceptuados. En caso de que no sea automática la exclusión deberán solicitar la misma ingresando con “Clave Fiscal” al servicio “Sistema Registral” del sitio “web” institucional, menú “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales”, “C
La Administración Federal de Ingresos Públicos establece precisiones respecto al reintegro del monotributo. Este reintegro anual es para aquellos contribuyentes que realizan el pago mediante débito automático de la cuota mensual. Debido a que durante el año 2021 algunos meses pueden haber sido cancelados mediante la reimputación de saldos a favor, mediante la RG 5100 se aclara como será el procedimiento de la devolución. Al respecto se establece que para acceder al beneficio se tendrán por cumplidos los requisitos cuando se hubieran abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos 9 períodos mensuales mediante alguna de las modalidades de pago dispuestas en el artículo 43 de la Resolución General N° 4.309 (1) y la totalidad de los restantes períodos mensuales de dicho año se hubieran cancelado por reimputación de saldos a favor o por cualquiera de las modalidades de pago previstas en el artículo 36 de la RG 4309 (2) (1) Artículo 43 El reintegro a qu